Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06266/2022)
Bases por las que se convocan a concurso plazas de personal laboral del grupo C1, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Anuncio 6266/2022
El sistema de selección será el de concurso.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivo de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir
la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar sus estabilización, de ahí que se
considera crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo
ello en cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a la experiencia profesional, solo será tenidos en cuenta en las plazas de igual o similar denominación a la que se
opta, los servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad
del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Antigüedad:
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela ocupando la plaza objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos,
hasta un máximo de 9 puntos.
B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, se otorgarán 0,03 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
C. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 9 puntos.
2. Formación:
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se
pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, el
Instituto Nacional de Administración Públicas, otras administraciones o entidades públicas, organizaciones sindicales o
agente promotor acogido al plan nacional de formación continua de administraciones públicas.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 1 puntos. A estos efectos, un crédito
equivale a 10 horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate, se resolverá el mismo
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar
de Pela ocupando la plaza objeto de convocatoria; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la formación, y, por
último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
Octava.- La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo I.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva,
en todo caso, la fijada por el Tribunal de Selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El sistema de selección será el de concurso.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivo de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir
la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar sus estabilización, de ahí que se
considera crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo
ello en cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a la experiencia profesional, solo será tenidos en cuenta en las plazas de igual o similar denominación a la que se
opta, los servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad
del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Antigüedad:
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela ocupando la plaza objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos,
hasta un máximo de 9 puntos.
B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, se otorgarán 0,03 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
C. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 9 puntos.
2. Formación:
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se
pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, el
Instituto Nacional de Administración Públicas, otras administraciones o entidades públicas, organizaciones sindicales o
agente promotor acogido al plan nacional de formación continua de administraciones públicas.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 1 puntos. A estos efectos, un crédito
equivale a 10 horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su
participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate, se resolverá el mismo
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar
de Pela ocupando la plaza objeto de convocatoria; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la formación, y, por
último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
Octava.- La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo I.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva,
en todo caso, la fijada por el Tribunal de Selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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