Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06195/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plazas de personal del Grupo E, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Anuncio 6195/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Navalvillar de Pela (Badajoz)
Anuncio 6195/2022
Bases por la que se convocan a concurso plazas de personal del Grupo E, acogidas al proceso de estabilización
extraordinario de empleo público
BASES POR LA QUE SE CONVOCANA CONCURSO PLAZAS DE PERSONAL LABORAL DEL GRUPO E, ACOGIDAS AL PROCESO DE
ESTABILIZACIÓN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO PÚBLICO EN EL AYUNTAMIENTO DE NAVALVILLAR DE PELA.
Don FranciscoJavier Fernández Cano, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
convoca pruebas selectivas para cubrir con carácter de personal laboral fijo, varias plazas de personal laboral del grupo E
acogidas al proceso de estabilización extraordinario del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, con arregloa las siguientes.
BASES:
Primera.- Objetode la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas para cubrir con carácter de personal laboral fijo del Grupo E acogidas al proceso de
estabilización extraordinario delAyuntamiento de Navalvillar de Pela las siguientes plazas:
Convocatoria
Grupo
N.º de plaza
Tipo de personal
2 Operarios de servicios múltiples
E
56 y 63
Laboral
1 operario de servicios múltiples (57,14 % jornada)
E
48
Laboral
1 limpiadora
E
41
Laboral
1 limpiadora vegas altas (85,71 % jornada)
E
42
Laboral
2 plazas de oficial de la construcción
E
54 y 53
Laboral
1 plaza de peón de la construcción
E
58
Laboral
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el BoletínOficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela y extracto,en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivocorrespondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivoy mantener hasta el
momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
públicode nacionales de otros Estados,del Real Decreto5/2015, de 30 de octubre,por el que se apruebael
Texto Refundidode la Ley del EstatutoBásico del EmpleadoPúblico.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la
capacidadfuncional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las
condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar
competente. A estos efectos conformeestablece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se adoptarán para las personascon la condición de discapacitada que lo
soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en
el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las
necesidades de la persona con discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones
de igualdad con el resto de personasaspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilaciónforzosa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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extraordinario de empleo público
BASES POR LA QUE SE CONVOCANA CONCURSO PLAZAS DE PERSONAL LABORAL DEL GRUPO E, ACOGIDAS AL PROCESO DE
ESTABILIZACIÓN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO PÚBLICO EN EL AYUNTAMIENTO DE NAVALVILLAR DE PELA.
Don FranciscoJavier Fernández Cano, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
convoca pruebas selectivas para cubrir con carácter de personal laboral fijo, varias plazas de personal laboral del grupo E
acogidas al proceso de estabilización extraordinario del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, con arregloa las siguientes.
BASES:
Primera.- Objetode la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas para cubrir con carácter de personal laboral fijo del Grupo E acogidas al proceso de
estabilización extraordinario delAyuntamiento de Navalvillar de Pela las siguientes plazas:
Convocatoria
Grupo
N.º de plaza
Tipo de personal
2 Operarios de servicios múltiples
E
56 y 63
Laboral
1 operario de servicios múltiples (57,14 % jornada)
E
48
Laboral
1 limpiadora
E
41
Laboral
1 limpiadora vegas altas (85,71 % jornada)
E
42
Laboral
2 plazas de oficial de la construcción
E
54 y 53
Laboral
1 plaza de peón de la construcción
E
58
Laboral
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el BoletínOficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela y extracto,en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivocorrespondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivoy mantener hasta el
momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
públicode nacionales de otros Estados,del Real Decreto5/2015, de 30 de octubre,por el que se apruebael
Texto Refundidode la Ley del EstatutoBásico del EmpleadoPúblico.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la
capacidadfuncional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las
condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar
competente. A estos efectos conformeestablece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se adoptarán para las personascon la condición de discapacitada que lo
soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en
el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las
necesidades de la persona con discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones
de igualdad con el resto de personasaspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilaciónforzosa.
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