Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06192/2022)
Bases por la que se convocan a concurso-oposición una plaza de personal laboral del Grupo C1, acogida al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 6192/2022

Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos,el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederáa
la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
personainteresada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo
yforma de la solicitud.Régimen declarativo e ingreso.El abono de tasas se realizaráen régimen de autoliquidación, segúnmodelo normalizado que acompañará a la convocatoria,
y que especificará los detalles de la declaración (Anexo 2 – Autoliquidación Tasa por derechode examen)
3. Formas y lugaresde presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmada la solicitud la persona aspirante podrá registrar por sede electrónica
(https://navalvillar.sedelectronica.es) la solicitud generada en el paso a través del archivo presentación de solicitudes o a
través del Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La documentación que sea presentada
a través deOficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y sellada por el personal de Correos antes
de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas,la declaración responsable acreditativa de cumplirlos requisitos establecidos en las
presente convocatoria del Anexo I cumplimentado y firmado, así como los méritosa valorar en la fase de concurso.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentesbases
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web delAyuntamiento de
Navalvillar de Pela, se hará públicala lista completade personas aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del plazo de subsanación previstoen el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y
en la página web del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela resolución elevando a definitiva la lista provisional
con la inclusión de los aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones,
determinando lugar, fecha y hora de inicio del procedimiento y los componentes del Tribunal de Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto depublicación en la página web del
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. A efectos de cómputo de plazos,regirá la fecha de publicación del
correspondiente anuncio en la página web del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela.
4. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas
aspirantes. El Tribunal de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabarlos informes que
correspondan, concederáo denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesosselectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la
concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las mismas no deberán
desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible para
superar el procesoselectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a
realizar.
5. La publicación de la Resolución aprobatoria de las listas definitivas en el BOP de Badajoz será determinante
de los plazos a efectosde posibles impugnaciones o recursos.
Sexta.- Tribunal Calificador.
1. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
- Un Presidente/a: Funcionario/a de carrera de igual o superior grupo de clasificación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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