Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Servicios La Serena Vegas Altas (Villanueva de la Serena). Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06250/2022)
Bases para la provisión de plazas vacantes en la plantilla de personal laboral fijo, incluidas en la oferta excepcional de empleo público
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Mancomunidad de Servicios La Serena Vegas Altas

Anuncio 6250/2022

a) Experiencia laboral (máximo 6 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados en la Mancomunidad Integral de Servicios "La
Serena-Vegas Altas" en plazas iguales a las que constituyen el objeto de la presente
convocatoria: 0,12 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra Administración Pública en
plazas pertenecientes a los mismos cuerpos, escalas y categorías que las plazas que
constituyen el objeto de la presente convocatoria: 0,06 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
A efectos de las presentes bases, los meses se considerarán de 30 días.
Los servicios prestados se justificarán mediante documento expedido por la Administración Pública
correspondiente, a excepción de los prestados en la Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas
Altas", en que se realizará de oficio.
b) Formación (máximo 4 puntos).
Por cursos, másteres, congresos y jornadas organizados por entidades públicas, colegios profesionales y
organizaciones sindicales, directamente relacionados con las funciones de las plazas objeto de la presente
convocatoria (incluidos los relacionados con las materias de igualdad, nuevas tecnologías y prevención de
riesgos laborales): 0,10 puntos por cada crédito o 10 horas de formación, tanto impartida como recibida,
hasta un máximo de 4 puntos.
La formación se justificará mediante certificación de la entidad organizadora o copia compulsada del diploma
de asistencia.
Séptima. Relación de aprobados.
La puntuación alcanzada por cada aspirante determinará el orden de la clasificación definitiva.
En los supuestos de puntuaciones iguales, los empates se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios: en
primer lugar, por la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional en la Mancomunidad Integral de
Servicios "La Serena-Vegas Altas"; en segundo lugar, si la puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional en
la Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" es la misma, se atenderá a la fecha de inicio en la prestación
de servicios a la misma, siendo preferido el aspirante cuya prestación date más en el tiempo; en tercer lugar, por la mayor
puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional en cualquier otra Administración Pública; y, en tercer lugar,
por la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación. De persistir el empate, se resolverá por sorteo.
Terminada la valoración de los méritos de los aspirantes, los respectivos tribunales publicarán un anuncio que contendrá los
aspirantes seleccionados y lo elevarán al señor presidente formulando la correspondiente propuesta de contratación como
personal laboral fijo.
Octava. Presentación de documentos.
Los aspirantes propuestos estarán obligados a presentar, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del
siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados, todos los documentos acreditativos de las condiciones
establecidas en la base segunda.
Quienes dentro del plazo indicado no presentasen la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser contratados y quedarían anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En estos casos, se
efectuará la contratación del aspirante que corresponda según el orden de prelación resultante de la valoración del
concurso y tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
Quienes tuvieran la condición de funcionario público o personal laboral fijo de una Administración Pública estarán exentos
de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo en este caso presentar certificación del Ministerio, Corporación u Organismo Público de que dependan,
acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
Novena. Contratación.
Presentada la documentación por los interesados y siendo la misma conforme, se dictará resolución por el señor presidente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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