Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06193/2022)
Bases para la provisión de plazas pertenecientes al Grupo AP, como personal laboral fijo mediante concurso-oposición, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización del empleo temporal del Centro Especial de Empleo
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero

Anuncio 6193/2022

preparación de aspirantes a pruebas selectivas para acceso a la función pública en los últimos cinco años.
5. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, del Presidente y Secretario o, en su caso, de
quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, del resto de sus miembros. En ausencia del Presidente le
sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
6. El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas
necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos
serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden
oír la opinión de técnicos especialistas, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control del
desarrollo de los diferentes ejercicios.
8. El Tribunal podrá requerir a los aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los aspirantes
no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta
motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de
aspirantes admitidos, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en
su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la Resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
9. Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas
fundadas de que alguno de los aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos
técnicos competentes, el cual será evacuado en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de
determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado, al objeto de que pueda
formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal, previa
audiencia del interesado, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano
competente. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el aspirante podrá seguir
participando condicionadamente en el proceso selectivo.
Séptima.- Desarrollo de la convocatoria
El sistema de selección será el de concurso- oposición.
La fase de oposición constará de un único ejercicio eliminatorio:
Consistirá en contestar por escrito en un tiempo máximo de 40 minutos, un cuestionario tipo test teórico-práctico de 20
preguntas más 5 adicionales como reserva, con tres opciones de respuesta, siendo únicamente una de ellas correcta,
relacionadas con el temario recogido en la convocatoria.
El cuestionario que se proponga contendrá cinco preguntas adicionales como reservas, las cuales sustituirán, siguiendo el
mismo orden en el que estén planteadas, a las preguntas que, en su caso, pudieran ser objeto de anulación con
posterioridad al inicio del ejercicio.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas
dadas por correctas, mediante escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de cinco días hábiles a partir de la
publicación de la plantilla de respuestas en la página del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Si el Tribunal
Calificador estimara alguna de las reclamaciones, se publicará una nueva plantilla de respuestas en dicha web antes de la
publicación del listado de aspirantes que superen la prueba.
Esta fase de oposición se valorará con un 60 % (15 puntos) de la puntuación total, que supone una puntuación máxima de
25 puntos.
2. El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria. En todo caso, deberá
exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de
participación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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