Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (06412/2022)
Bases y convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz dirigidas a personas trabajadoras autónomas y empresas, para el desarrollo de los planes de formación de sus trabajadores, durante el año 2023
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Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
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En el caso de personas jurídicas, fotocopia de la tarjeta del código de identificación fiscal (CIF).
Declaración responsable de carácter general (Anexo V).
En el caso de que no conste ya inscrito en el Registro de Terceros de Diputación, justificante de haber
solicitado el alta en el mismo.
3. DOCUMENTACIÓN YA APORTADA ANTE CUALQUIER ADMINSITRACIÓN PÚBLICA
De conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, no se aporta la documentación relacionada a continuación por haber sido ya
aportada con anterioridad a otra Administración Pública, para que los recabe de oficio el órgano gestor.
Documento Fecha depresentación
Órgano ante elque se presentó
Expediente en elque consta
4. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ESTATALES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor consultará los certificados acreditativos de estar al corriente de
sus obligaciones tributarias con la Hacienda provincial y con la Seguridad Social. Igualmente de conformidad con el artículo
95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será necesaria la autorización expresa previa para la
consulta de los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, y se
indicará a continuación:
AUTORIZO a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo de que la solicitante se encuentra
al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
5. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ANTE LA HACIENDA PROVINCIAL Y LA SEGURIDAD SOCIAL
A tenor de lo establecido en el artículo 28.2 del referido Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en caso de no autorizar u oponerse a la consulta de alguno de los certificados de estar al corriente de sus
obligaciones tributarias con la Hacienda de la Diputación de Badajoz en periodo ejecutivo y con la Seguridad Social,
anteriormente mencionados, se indicará a continuación y se aportará junto a la solicitud la documentación correspondiente.
NO AUTORIZO a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo de que la solicitante se
encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Diputación Provincial de Badajoz.
NO AUTORIZO a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo de que la solicitante se
encuentra al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
6. SITUACIÓN DEL SOLICITANTE EN EL REGISTRO DE TERCEROS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL
Aquellas personas trabajadoras autónomas o empresas solicitantes que no figuren en el Registro de Terceros de la
Diputación de Badajoz, deberán presentar la solicitud de alta en el mismo, a través de los medios que se indican en la Base
9.
(Marque la casilla que proceda)
He presentado la solicitud de alta en el Registro de Terceros de la Diputación.
Ya estoy inscrito en el Registro de Terceros de la Diputación.
7. MEDIO PREFERENTE DE COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En el caso de personas jurídicas, fotocopia de la tarjeta del código de identificación fiscal (CIF).
Declaración responsable de carácter general (Anexo V).
En el caso de que no conste ya inscrito en el Registro de Terceros de Diputación, justificante de haber
solicitado el alta en el mismo.
3. DOCUMENTACIÓN YA APORTADA ANTE CUALQUIER ADMINSITRACIÓN PÚBLICA
De conformidad con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, no se aporta la documentación relacionada a continuación por haber sido ya
aportada con anterioridad a otra Administración Pública, para que los recabe de oficio el órgano gestor.
Documento Fecha depresentación
Órgano ante elque se presentó
Expediente en elque consta
4. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ESTATALES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor consultará los certificados acreditativos de estar al corriente de
sus obligaciones tributarias con la Hacienda provincial y con la Seguridad Social. Igualmente de conformidad con el artículo
95.1 k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será necesaria la autorización expresa previa para la
consulta de los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, y se
indicará a continuación:
AUTORIZO a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo de que la solicitante se encuentra
al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
5. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ANTE LA HACIENDA PROVINCIAL Y LA SEGURIDAD SOCIAL
A tenor de lo establecido en el artículo 28.2 del referido Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en caso de no autorizar u oponerse a la consulta de alguno de los certificados de estar al corriente de sus
obligaciones tributarias con la Hacienda de la Diputación de Badajoz en periodo ejecutivo y con la Seguridad Social,
anteriormente mencionados, se indicará a continuación y se aportará junto a la solicitud la documentación correspondiente.
NO AUTORIZO a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo de que la solicitante se
encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda de la Diputación Provincial de Badajoz.
NO AUTORIZO a que el órgano gestor recabe de oficio el certificado acreditativo de que la solicitante se
encuentra al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
6. SITUACIÓN DEL SOLICITANTE EN EL REGISTRO DE TERCEROS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL
Aquellas personas trabajadoras autónomas o empresas solicitantes que no figuren en el Registro de Terceros de la
Diputación de Badajoz, deberán presentar la solicitud de alta en el mismo, a través de los medios que se indican en la Base
9.
(Marque la casilla que proceda)
He presentado la solicitud de alta en el Registro de Terceros de la Diputación.
Ya estoy inscrito en el Registro de Terceros de la Diputación.
7. MEDIO PREFERENTE DE COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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