Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuentes de León. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06262/2022)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para la selección mediante el sistema de concurso de una plaza de Monitor Deportivo
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Ayuntamiento de Fuentes de León

Anuncio 6262/2022

MÉRITOS PROFESIONALES
A.3) Servicios prestados en el Organismo Autónomo Centro Especial
de Empleo Villa de Fuentes de León, dependiente del Ayuntamiento de
Fuentes de León, como funcionario de carrera, funcionario interino,
laboral fijo, laboral temporal, laboral indefinido no fijo de plantilla, en
el mismo cuerpo o escala o la misma categoría profesional o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria o en puesto o plaza
de igual o similar denominación.

0,30 puntos por cada mes completo
computándose proporcionalmente los
períodos inferiores por días.

A.4) Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en el resto
del Sector Público distintas a la Administración convocante,
funcionario de carrera, funcionario interino, laboral fijo, laboral
temporal, laboral indefinido no fijo de plantilla, en el mismo cuerpo o
escala o la misma categoría profesional o equivalente del puesto
objeto de la convocatoria o de igual o similar denominación.

0,20 puntos por cada mes completo
computándose proporcionalmente los
períodos inferiores por días.

MÉRITOS ACADÉMICOS
B) Méritos académicos: La puntuación máxima en este apartado será de: 30 puntos.
Por disponer a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de titulos académicos, universitarios,
Doctorados o másters universitarios o Cursos de Formación Complementaria distintas a la aportada o aplicada por el
Tribunal como requisito mínimo. Un mismo título o curso no podrá aplicarse o valorarse dos veces, aplicándose a la
categoría de baremación más beneficiosa para el/la candidato/a, conforme al presente apartado. Se aportará copia
auténtica o copia compulsada de los diplomas, certificaciones u otros documentos acreditativos de la formación y
méritos académicos. En todo caso se valorará una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
Méritos académicos

Puntos

B.1) Por estar en posesión de titulación académica universitaria oficial
(Licenciatura, Diplomatura o Grado) distinta a la exigida como requisito mínimo
relacionada con el puesto

30 puntos por cada titulación

B.2) Por estar en posesión de titulación académica oficial igual o superior no
25 puntos por cada titulación
universitaria, distinta a la exigida como requisito mínimo, relacionada con el puesto
B.3) Por estar en posesión de titulación académica oficial igual o superior, distinta a
la exigida como requisito mínimo de acceso, en cada uno de los puestos

20 puntos por cada titulación

B.4) Por estar en posesión de Doctorados o Másters universitarios o cursos de
especialización o cursos de formación teórica o teórico-práctica, cuyo contenido se
encuentre relacionado con las funciones a desarrollar en el puesto/plaza a la que
se opte o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales
especificos del puesto/plaza objeto de la convocatoria y organizados por el
Ayuntamiento de Fuentes de León, bien por una Administración Pública o una
Universidad, INEM, INAP, bien por una institución pública o privada (Colegio
profesional, sindicato, Cámara de Comercio, Federación, etc.) en colaboración con
una Administración Pública. Se valorarán los cursos organizados por los sindicatos
al amparo de los Planes Anuales de Formación para el empleo del personal al
servicio de la Administración Pública.

0,1 punto cada hora
1 punto cada crédito tradicional
2,5 puntos cada crédito ECTS
(Los créditos se entenderán
tradicionales salvo que conste
que son créditos ECTS).

B.5) Por estar en posesión de certificación o documentación oficial expedida por
entidades o administraciones públicas oficiales o autorizadas, que acredite una
especial capacitación necesaria para el mejor desempeño de las funciones del
puesto concreto al que se accede, a criterio del tribunal de selección, siempre y
cuando no se especifique su duración.

5 puntos por cada una

Tienen la consideración de administraciones públicas a los efectos de esta convocatoria: La Administración General del
Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y las
Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las
administraciones públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las empresas públicas se rigen por el derecho privado por
lo que no tienen la consideración de Administración Pública a estos efectos.
Valoración y desempate. La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100 puntos. En caso de
empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden, en base a lo dispuesto
en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo:
1.º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.1).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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