Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuentes de León. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06262/2022)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para la selección mediante el sistema de concurso de una plaza de Monitor Deportivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuentes de León
Anuncio 6262/2022
Estas exenciones deberán ser rogadas por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma la
documentación requerida.
Bonificaciones:
De acuerdo con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de Familia Numerosa, artículo 12.2,a), se fija una
bonificación del 50% del importe de la tasa para las personas que formen parte de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general". La tarifa a abonar tras la aplicación de esta bonificación del 50%
sería:
Subgrupo
Tarifa general (€) Tarifa desempleada/o (€)
Subgrupo C2 y Agrupaciones Profesionales asimilado a Grupos IV y V
19,06
9,53
Esta bonificación deberá ser rogada por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma certificado o
fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
Régimen declarativo e ingreso. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, según modelo normalizado que
acompañará a la convocatoria, y que especificará los detalles de declaración, liquidación e ingreso. El ingreso podrá hacerse
efectivo durante el tiempo en que permanezca abierto el plazo para la presentación de solicitudes de participación, que será
determinado en cada una de las bases que rijan las convocatorias para la provisión, en sus distintos regímenes, de las plazas
que se oferten, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta de este Ayuntamiento en Banco Santander ES42
0049 0318 5127 1001 5141, especificando en el concepto el nombre de la plaza o puesto al que se aspira.
La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas
selectivas.
La autoliquidación deberá presentarse en todo caso, reflejando las correspondientes exenciones o bonificaciones si fueran
aplicables, y precisando el importe neto a satisfacer, coincidente con el ingreso producido debidamente acreditado con el
justificante bancario y la documentación acreditativa de las situaciones de desempleo, bonificiación o exención.
Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible
de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de
los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a la persona
interesada.
Se deberá presentar el anexo 2 de autoliquidación, abonos de la tasa por derechos de examen y documentación acreditativa
de la exención, bonificación o desempleo para cada puesto o plaza al que se opta, en caso de presentarse a más de un
puesto o plaza.
2. Presentación de solicitudes.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones
exigidas en las presentes bases para cada uno de los puestos/plazas a las que quiera presentarse, se dirigirán al señor
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Para facilitar el desarrollo de los concursos las diferentes plazas convocadas podrán ser objeto de publicaciones diferentes
en el Boletín Oficial del Estado, siendo esa publicación la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias de cada plaza.
Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán realizar la inscripción preferentemente a través de la sede
electrónica corporativa del Ayuntamiento de Fuentes de León, para lo que se deberá disponer de certificado digital,
mediante el trámite habilitado al efecto, y estará disponible las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido,
mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuentes de León [dirección
https://fuentesdeleon.sedelectronica.es], a la que se adjuntará la solicitud según el anexo 1 de estas bases y, en su caso, la
documentación requerida, de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano
competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. El Ayuntamiento de Fuentes de León podrá en
cualquier momento requerir a las personas interesadas la exhibición del documento o de la información original o solicitar
del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica la
autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Presentación en formato papel. Para quien opte por su presentación en papel, el modelo oficial de solicitud para la admisión
a pruebas selectivas, se encuentra anexa a estas bases (anexo 1). Las solicitudes en soporte papel podrán presentarse en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Estas exenciones deberán ser rogadas por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma la
documentación requerida.
Bonificaciones:
De acuerdo con la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de Familia Numerosa, artículo 12.2,a), se fija una
bonificación del 50% del importe de la tasa para las personas que formen parte de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general". La tarifa a abonar tras la aplicación de esta bonificación del 50%
sería:
Subgrupo
Tarifa general (€) Tarifa desempleada/o (€)
Subgrupo C2 y Agrupaciones Profesionales asimilado a Grupos IV y V
19,06
9,53
Esta bonificación deberá ser rogada por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma certificado o
fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
Régimen declarativo e ingreso. La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación, según modelo normalizado que
acompañará a la convocatoria, y que especificará los detalles de declaración, liquidación e ingreso. El ingreso podrá hacerse
efectivo durante el tiempo en que permanezca abierto el plazo para la presentación de solicitudes de participación, que será
determinado en cada una de las bases que rijan las convocatorias para la provisión, en sus distintos regímenes, de las plazas
que se oferten, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta de este Ayuntamiento en Banco Santander ES42
0049 0318 5127 1001 5141, especificando en el concepto el nombre de la plaza o puesto al que se aspira.
La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas
selectivas.
La autoliquidación deberá presentarse en todo caso, reflejando las correspondientes exenciones o bonificaciones si fueran
aplicables, y precisando el importe neto a satisfacer, coincidente con el ingreso producido debidamente acreditado con el
justificante bancario y la documentación acreditativa de las situaciones de desempleo, bonificiación o exención.
Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible
de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de
los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables a la persona
interesada.
Se deberá presentar el anexo 2 de autoliquidación, abonos de la tasa por derechos de examen y documentación acreditativa
de la exención, bonificación o desempleo para cada puesto o plaza al que se opta, en caso de presentarse a más de un
puesto o plaza.
2. Presentación de solicitudes.
Las solicitudes requiriendo tomar parte en este proceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones
exigidas en las presentes bases para cada uno de los puestos/plazas a las que quiera presentarse, se dirigirán al señor
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Para facilitar el desarrollo de los concursos las diferentes plazas convocadas podrán ser objeto de publicaciones diferentes
en el Boletín Oficial del Estado, siendo esa publicación la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de
instancias de cada plaza.
Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán realizar la inscripción preferentemente a través de la sede
electrónica corporativa del Ayuntamiento de Fuentes de León, para lo que se deberá disponer de certificado digital,
mediante el trámite habilitado al efecto, y estará disponible las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido,
mediante la instancia general que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuentes de León [dirección
https://fuentesdeleon.sedelectronica.es], a la que se adjuntará la solicitud según el anexo 1 de estas bases y, en su caso, la
documentación requerida, de conformidad con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos
adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano
competente se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. El Ayuntamiento de Fuentes de León podrá en
cualquier momento requerir a las personas interesadas la exhibición del documento o de la información original o solicitar
del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias implica la
autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
Presentación en formato papel. Para quien opte por su presentación en papel, el modelo oficial de solicitud para la admisión
a pruebas selectivas, se encuentra anexa a estas bases (anexo 1). Las solicitudes en soporte papel podrán presentarse en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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