Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuentes de León. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06259/2022)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para la selección mediante el sistema de concurso de una plaza de Conductor de Maquinaria
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Ayuntamiento de Fuentes de León
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1º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.1).
2º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.2).
3º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.3).
4º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.4).
5º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.1).
6º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.2).
7º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.3).
8º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.4).
9º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.5).
10º - Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en relación a
cualquiera de los méritos indicados anteriormente o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio
de dicho Tribunal se considere necesario.
Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://fuentesdeleon.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. El plazo para presentar alegaciones
frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [dirección https://fuentesdeleon.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con
indicación de la puntuación definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las
plazas convocadas, de quienes hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
Octava.- Calendario.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Novena.- Bolsa de trabajo.
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
Décima.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
Una vez finalizado el concurso de méritos, el Tribunal hará pública la relación de personas calificadas por orden de
puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para adjudicación en las plazas convocadas, de quienes haya
obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
Las personas seleccionadas deberán presentar en el Ayuntamiento de Fuentes de León dentro del plazo de veinte días
hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de personas seleccionadas, los siguientes
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI o del documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho
título.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.2).
3º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.3).
4º - Mayor puntuación obtenida en el apartado A.4).
5º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.1).
6º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.2).
7º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.3).
8º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.4).
9º - Mayor puntuación obtenida en el apartado B.5).
10º - Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en relación a
cualquiera de los méritos indicados anteriormente o solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio
de dicho Tribunal se considere necesario.
Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección
https://fuentesdeleon.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. El plazo para presentar alegaciones
frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [dirección https://fuentesdeleon.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con
indicación de la puntuación definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las
plazas convocadas, de quienes hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
Octava.- Calendario.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Novena.- Bolsa de trabajo.
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
Décima.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
Una vez finalizado el concurso de méritos, el Tribunal hará pública la relación de personas calificadas por orden de
puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para adjudicación en las plazas convocadas, de quienes haya
obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
Las personas seleccionadas deberán presentar en el Ayuntamiento de Fuentes de León dentro del plazo de veinte días
hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de personas seleccionadas, los siguientes
documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) DNI o del documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida o resguardo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho
título.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
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