Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Nogales. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06353/2022)
Bases de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo como personal laboral fijo
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Ayuntamiento de Nogales

Anuncio 6353/2022

realización, un representante de cada Sindicato con implantación en el Ayuntamiento de Nogales.
SEXTA. SISTEMAS DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DE LOS PROCESOS.
El sistema selectivo será el de concurso de valoración de méritos.
Respecto a la determinación de los méritos, siempre deberá cumplirse con la prohibición de que los procesos sean
restringidos. Ni formal ni materialmente su determinación no podría implicar la posibilidad de que personas distintas a las
que ocupan estos puestos puedan presentarse o puedan tener una puntuación necesaria para obtener la plaza.
Méritos profesionales, que supondrán el 60 por ciento del total de la puntuación máxima, hasta un máximo de 60 puntos.
- Servicios prestados como personal funcionario interino, personal laboral temporal o personal laboral
indefinido no fijo en el cuerpo, escala, subescala, categoría profesional o equivalente a la que se desea
acceder, dentro del Ayuntamiento de Nogales, Administración convocante, a computar hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo: 4,60 puntos por
mes completo de servicios prestados.
- Servicios prestados como personal funcionario interino, personal laboral temporal o personal laboral
indefinido no fijo en otros cuerpos, escalas, subescalas, categorías profesionales, dentro del Ayuntamiento de
Nogales, Administración convocante, a computar hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes para participar en el proceso selectivo: 1,60 puntos por mes completo de servicios prestados.
- Servicios prestados como personal funcionario interino, personal laboral temporal o personal laboral
indefinido no fijo en cuerpos, escalas, aubescalas o categorías profesionales equivalentes a la que se desea
acceder, de otras administraciones públicas, a computar hasta la fecha de finalización desplazo
representación de solicitudes para participar en el proceso selectivo: 0,60 puntos por mes completo de
servicios prestados.
- Servicios prestados como personal funcionario interino en otros cuerpos, escalas, subescalas, categorías
profesionales, en otras administraciones públicas, a computar hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo: 0,60 puntos por mes completo de servicios
prestados.
Méritos académicos, que supondrán el 40 por ciento de la valoración de la fase de concurso hasta un máximo
de 40 puntos:
- Curso SICAL Nivel 2 – Básico, impartido por la Diputación de Badajoz: 10 puntos.
- Curso de Retribuciones Salariales, Cotización y Recaudación: 20 puntos.
- Curso de Información y Atención al Visitante: 10 puntos:
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita en la presente convocatoria.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no acreditados en plazo.
Los méritos relativos a los servicios prestados en el Ayuntamiento de Nogales deberán alegarse con
indicación de los periodos de prestación de servicios, lo que será comprobado por la Secretaría Municipal. Los
servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante copia auténtica del certificado
expedido por el órgano correspondiente.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán mediante copia auténtica de
la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de la copia auténtica de la
titulación correspondiente.
Los ejercicios superados en los anteriores procesos selectivos de la categoría convocada alegados por las
personas interesadas serán comprobados por las unidades de personal competentes, sin que sea necesaria la
presentación de documento acreditativo alguno por las personas aspirantes.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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