Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montemolín. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06205/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad mediante concurso una plaza de Auxiliar de Cocina, acogida al proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montemolín
Anuncio 6205/2022
Experiencia Laboral
Por el desempeño en el Ayuntamiento de Montemolín del puesto de trabajo de la categoría convocada, Auxiliar de Cocina
residencia municipal, como personal funcionario interino, personal laboral fijo, o temporal, o personal laboral indefinido no
fijo, en base a lo establecido en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes
para la Reducción de la Temporabilidad en el Empleo Público. Para determinar el mérito de la experiencia profesional en
este apartado, se computará la antigüedad de los últimos 13 años, calculados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes: 0'25 puntos por cada mes completo de servicios, computándose proporcionalmente los
períodos inferiores por días, a estos efectos, los meses se considerarán de 30 días. Máximo 6 puntos. Este extremo se
justificará de oficio por el propio Ayuntamiento que lo remitirá al Tribunal de Selección.
Por el desempeño del puesto de trabajo de la categoría convocada, de auxiliar de cocina residencia municipal, como
personal funcionario interino, personal laboral fijo o temporal, o personal laboral indefinido no fijo, en cualquier otra
Administración o Entidad Pública: 0'08 puntos por cada mes completo de servicios, computándose proporcionalmente los
períodos inferiores por días. A estos efectos, los meses se considerarán de 30 días. Máximo 1 punto. Este extremo se
justificará por el aspirante, mediante certificado acreditativo de los mismos, certificados de empresa, o contratos
acompañados con informe de vida laboral actualizado, que deberán presentarse junto con la solicitud.
Por el desempeño del puesto de trabajo como auxiliar de cocina o categoría superior en empresas privadas 0'08 puntos por
cada mes completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores por días. A estos efectos, los
meses se considerarán de 30 días. Máximo 1 punto. Este extremo se justificará por el aspirante, mediante certificado
acreditativo de los mismos, certificados de empresa, o contratos acompañados con informe de vida laboral actualizado, que
deberán presentarse junto con la solicitud.
Formación complementaria
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o que se
encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo de Auxiliar de Cocina, a cubrir. Se valorará, únicamente, ya
sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del
mismo año en cuanto a su contenido. Solo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por organismos públicos, o
entidades colaboradoras, directamente relacionados con los cometidos del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos
Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como recibida: 0'10 puntos. Se valorarán cursos de
perfeccionamiento, Máster, Congresos y Jornadas) incluidos los planes de formación continua de las administraciones
públicas, o cursos de organismos públicos o Entidades colaboradoras, públicas o privadas, directamente relacionada con el
puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, en el sumatorio del cálculo global, computándose proporcionalmente las
fracciones de duración inferior. A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso
objeto de baremación. Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10 horas por cada crédito
tradicional y de 25 horas por cada crédito ECT.
Documentación justificativa, copia compulsada del diploma de asistencia al curso en el que figura el nombre de la persona,
en calidad de alumno activo, o docente, y el número de horas de duración, o certificado de la entidad organizadora. No se
valorarán los cursos que no justifiquen sus horas de duración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Por el desempeño en el Ayuntamiento de Montemolín del puesto de trabajo de la categoría convocada, Auxiliar de Cocina
residencia municipal, como personal funcionario interino, personal laboral fijo, o temporal, o personal laboral indefinido no
fijo, en base a lo establecido en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes
para la Reducción de la Temporabilidad en el Empleo Público. Para determinar el mérito de la experiencia profesional en
este apartado, se computará la antigüedad de los últimos 13 años, calculados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes: 0'25 puntos por cada mes completo de servicios, computándose proporcionalmente los
períodos inferiores por días, a estos efectos, los meses se considerarán de 30 días. Máximo 6 puntos. Este extremo se
justificará de oficio por el propio Ayuntamiento que lo remitirá al Tribunal de Selección.
Por el desempeño del puesto de trabajo de la categoría convocada, de auxiliar de cocina residencia municipal, como
personal funcionario interino, personal laboral fijo o temporal, o personal laboral indefinido no fijo, en cualquier otra
Administración o Entidad Pública: 0'08 puntos por cada mes completo de servicios, computándose proporcionalmente los
períodos inferiores por días. A estos efectos, los meses se considerarán de 30 días. Máximo 1 punto. Este extremo se
justificará por el aspirante, mediante certificado acreditativo de los mismos, certificados de empresa, o contratos
acompañados con informe de vida laboral actualizado, que deberán presentarse junto con la solicitud.
Por el desempeño del puesto de trabajo como auxiliar de cocina o categoría superior en empresas privadas 0'08 puntos por
cada mes completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores por días. A estos efectos, los
meses se considerarán de 30 días. Máximo 1 punto. Este extremo se justificará por el aspirante, mediante certificado
acreditativo de los mismos, certificados de empresa, o contratos acompañados con informe de vida laboral actualizado, que
deberán presentarse junto con la solicitud.
Formación complementaria
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o que se
encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo de Auxiliar de Cocina, a cubrir. Se valorará, únicamente, ya
sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del
mismo año en cuanto a su contenido. Solo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por organismos públicos, o
entidades colaboradoras, directamente relacionados con los cometidos del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos
Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como recibida: 0'10 puntos. Se valorarán cursos de
perfeccionamiento, Máster, Congresos y Jornadas) incluidos los planes de formación continua de las administraciones
públicas, o cursos de organismos públicos o Entidades colaboradoras, públicas o privadas, directamente relacionada con el
puesto de trabajo objeto de esta convocatoria, en el sumatorio del cálculo global, computándose proporcionalmente las
fracciones de duración inferior. A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso
objeto de baremación. Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10 horas por cada crédito
tradicional y de 25 horas por cada crédito ECT.
Documentación justificativa, copia compulsada del diploma de asistencia al curso en el que figura el nombre de la persona,
en calidad de alumno activo, o docente, y el número de horas de duración, o certificado de la entidad organizadora. No se
valorarán los cursos que no justifiquen sus horas de duración.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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