Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06148/2022)
Notificación de resolución de sanción
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
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Notificación de resolución de sanción

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN
No habiendo sido posible practicar la notificación al interesado y de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se trascribe notificación para su
inserción en el BOP de Badajoz:
"A la vista de los siguientes antecedentes de la denuncia formulada por la Policía Local de fecha 07/07/2022 y del informe de
Secretaría emitido con fecha 13 de julio de 2022.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, así como el certificado acreditativo de la no
presentación de alegaciones por el interesado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.n) de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
Primero.- Considerar probados y así se declaran los siguientes hechos:
Arrojar escombros (tierra) en lugar no habilitado. (Infracción art. 26 Ordenanza de Convivencia Ciudadana).
Con base a las siguientes pruebas practicadas:
- Inspección ocular: 07/07/2022 Policía Local.
Segundo.- Declarar responsable por su participación en los hechos a D. A.M.A.Z, DNI *** 260J.
Tercero.- Declarar que no concurren circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad.
Cuarto.- Imponer de conformidad con la Ordenanza de convivencia ciudadana, la imposición de la cuantía de las sanciones
siguientes: 90,00 €.
Quinto.- No se determina indemnización por daños y perjuicios.
La sanción podrá ser abonada presencialmente ante la tesorería de este Ayuntamiento o por medio de
ingreso/transferencia bancaria en la cuenta que le será facilitada, con la indicación en el concepto "expediente n.º:
281/2021.
Sexto.- Notificar al interesado la presente resolución con indicación de los recursos pertinentes.
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de
la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Burguillos del Cerros, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Lima Díaz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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