Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06090/2022)
Convocatoria y bases del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

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SÉPTIMA.- SISTEMA SELECTIVO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubrey en las Disposiciones
adicionales sexta y octavade la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de las plazas será el de
concurso de méritos.
1. Desarrollo.
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Casas de
Don Pedro será aportado de oficio por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interiory referido siempre a la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras Administraciones Públicas, se acreditará mediante los
documentos acreditativos que habrá de ser aportado junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo establecido en
lo establecido en la base cuarta, apartado 3.
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporalde la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir
la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se
considerecrucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento de Casas de Don Pedro, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo
ello en cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
2.1. En relacióna la experiencia profesional, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual o similar
denominación a la que se opta, los servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral
temporal, cualquiera que sea la modalidaddel nombramiento interino/ contratación temporal o situación
equivalente de temporalidad.
2.2. Méritos que se computan (máximo 10 puntos):
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguientebaremo:
Experiencia laboral: máximo 9 puntos.
a) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro ocupando el puesto
objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,11 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
b) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del
plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,01 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
La puntuación máxima por experiencia profesional no podrá ser superior a 9 puntos.
La experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opta ha de ser entendida con independencia
de la vinculación funcionarial o laboral en la que se haya prestado, acreditándose según lo dispuesto en la
presente base.
Formación: máximo 1 punto.
- Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente
relacionado con las funciones propias del puesto al que se pretende acceder, y hayan sido
convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro, el
Instituto Nacional de Administración Públicas, otras administraciones o entidades públicas,
Organizaciones Sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación Continua
de Administraciones Públicas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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