Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06179/2022)
Bases de selección del proceso de estabilización de 6 plazas de Limpiadores/as de edificios e instalaciones muncipales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 6179/2022
acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base tercera. Y en
concreto:
a) Fotocopia del D.N.I. junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite haber finalizado todos los
estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su
artículo 10 y en todas las que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y
12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se
desarrollen al margen de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el
ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta.
Los aspirantes propuestos que ostenten la condición de empleados públicos, estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados.
En el caso de renuncia de cualquiera de los aspirantes propuestos se realizará nueva propuesta de nombramiento al
aspirante siguiente por orden de puntuación en el concurso de méritos.
DÉCIMA.- RECURSOS.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación de esta y de la actuación del Tribunal,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma determinada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Frente a estas bases, los interesados podrán interponer potestativa y alternativamente los siguientes recursos: recurso
administrativo de reposición, ante el órgano autor del acto, en el plazo de un mes y recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.
Las resoluciones de los Tribunales de selección vinculan a las administraciones públicas, sin perjuicio de que estas, en su
caso, puedan proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los plazos señalados se computarán de fecha a fecha a partir del día siguiente al de la publicación.
En caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos
recursos.
DÉCIMO PRIMERA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Guareña informa a las personas interesadas en el proceso selectivo objeto de
la presente convocatoria que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero titularidad del
Ayuntamiento de Guareña cuya finalidad es la selección del personal y les reconoce la posibilidad de ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito acompañado de la fotocopia del D.N.I., o documento
equivalente, dirigido al Sr. Alcalde, que podrá ser presentado en el registro general del Ayuntamiento de Guareña
directamente o enviado por correo postal a la dirección del mismo.
La participación en el proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Guareña para que proceda al tratamiento
de los datos personales de los aspirantes, así como a la publicación de los datos identificativos de la persona necesarios:
Nombre, apellidos y DNI en las listas de aspirantes y de puntuaciones obtenidas.
En Guareña, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Manuel María Caro Franganillo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base tercera. Y en
concreto:
a) Fotocopia del D.N.I. junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite haber finalizado todos los
estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su
artículo 10 y en todas las que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y
12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se
desarrollen al margen de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el
ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta.
Los aspirantes propuestos que ostenten la condición de empleados públicos, estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados.
En el caso de renuncia de cualquiera de los aspirantes propuestos se realizará nueva propuesta de nombramiento al
aspirante siguiente por orden de puntuación en el concurso de méritos.
DÉCIMA.- RECURSOS.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación de esta y de la actuación del Tribunal,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma determinada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Frente a estas bases, los interesados podrán interponer potestativa y alternativamente los siguientes recursos: recurso
administrativo de reposición, ante el órgano autor del acto, en el plazo de un mes y recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.
Las resoluciones de los Tribunales de selección vinculan a las administraciones públicas, sin perjuicio de que estas, en su
caso, puedan proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los plazos señalados se computarán de fecha a fecha a partir del día siguiente al de la publicación.
En caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos
recursos.
DÉCIMO PRIMERA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Guareña informa a las personas interesadas en el proceso selectivo objeto de
la presente convocatoria que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero titularidad del
Ayuntamiento de Guareña cuya finalidad es la selección del personal y les reconoce la posibilidad de ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito acompañado de la fotocopia del D.N.I., o documento
equivalente, dirigido al Sr. Alcalde, que podrá ser presentado en el registro general del Ayuntamiento de Guareña
directamente o enviado por correo postal a la dirección del mismo.
La participación en el proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Guareña para que proceda al tratamiento
de los datos personales de los aspirantes, así como a la publicación de los datos identificativos de la persona necesarios:
Nombre, apellidos y DNI en las listas de aspirantes y de puntuaciones obtenidas.
En Guareña, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Manuel María Caro Franganillo.
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