Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06091/2022)
Bases que han de regir la convocatoria de un Técnico de Sonido acogida al procedimiento de estabilización extraordinario del Ayuntamiento de Zafra
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Ayuntamiento de Zafra

Anuncio 6091/2022

La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de
su presentación en uno de los registros oficiales indicados
anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1
de la presente base. Tampoco exime al aspirante del requisito de
proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por
derechosde examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria
supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en las
presentesbases.

Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Acalde Presidente dictará resolución en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, así como la causa
de exclusión de éstos últimos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el
Tablón de Anuncios del Ayto. de Zafra y en el tablón de empleo de la página web del Ayto. de Zafra:
http://www.zafra.es, concediéndose un plazo de 5 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones,
a partir del siguiente en la Publicación del BOP.
2. Las reclamaciones, si las hubiere serán aceptadas o rechazadas en Resolución de la Alcaldía, por la que se
aprueba la lista definitiva de aspirantes, que se dictará en el plazo máximo de un mes contados desde la
finalización del plazo de subsanación de errores y reclamaciones, que será publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz y en el Tablón de Anuncios del Ayto. de Zafra, y en el tablón de empleo de la página web
del Ayto. de Zafra: http://www.zafra.es.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las
pruebas.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos, se publicará la relación nominal de los miembros del Tribunal Calificador.
Sexta.- Tribunal Calificador.
1. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
Un Presidente/a: un empleado público nombrado por la Alcaldía.
Un Secretario/a: el de la Corporación o empleado público en quien delegue.
Vocales:
Un empleado público de la Junta de Extremadura.
Dos empleados públicos nombrados por la Alcaldía.
Un empleado público nombrado por la Alcaldía, a propuesta de la Junta de Personal.
Todos los miembros anteriores deberán poseer como mínimo un nivel de titulación
igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo, escala o categoría profesional
objeto de la cobertura.
2. Se deberá asignar igual número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los
principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, si fuera
posible.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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