Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06155/2022)
Bases del proceso extraordinario de estabilización de empleo público en cumplimiento de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para cubrir las plazas de personal laboral fijo de Administrativo y Educador del Centro de Educación Infantil
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Ayuntamiento de Hornachos
Anuncio 6155/2022
En relación a la antigüedad, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se
opta, los servicios prestados como personal funcionario/a interino o como laboral temporal, cualquiera que
sea la modalidad del nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de
temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 10 puntos,
conforme a los siguientes criterios:
2.1 - Antigüedad. Hasta un máximo de 6 puntos.
Experiencia
Valoración
(máximo 6 puntos)
A - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos ocupando el
puesto objeto de la convocatoria.
0,04 puntos/mes
B - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos en el mismo
grupo, subgrupo, cuerpo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la
convocatoria.
0,02 puntos/mes
C - Por cada mes de antigüedad en cualquier otra Administración pública
ocupando el puesto objeto de la convocatoria.
0,01 puntos/mes
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación expedida por el
órgano competente de la Administración Pública, y contrato de trabajo, y en su caso, nombramiento.
2.2 - Formación. Hasta un máximo de 4 puntos.
Formación
Por cada 10 horas de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,20 puntos).
Valoración
(máximo 4 puntos)
0,20 puntos
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las funciones a desarrollar en
el puesto/plaza a la que se opte, y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien
por una institución pública o privada (Colegio profesional, sindicato, Cámara de Comercio, federación, etc.) en
colaboración con una Administración Pública. También se valorarán los cursos organizados por los sindicatos
al amparo de los planes anuales de formación para el empleo del personal al servicio de la administración
pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: la Administración
General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la
Administración Local y las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o
dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las
empresas públicas se rigen por el derecho privado por lo que no tienen la consideración de Administración
Pública a estos efectos.
Se aportará original o copia compulsada de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso se
valorará una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación y se
valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las
fechas de realización y las horas de duración.
En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente
2.3 - Valoración y desempate. La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de
empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden:
1º - Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.A, antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos ocupando
el puesto objeto de la convocatoria.
2º - Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.B, antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos en el
mismo grupo, subgrupo, cuerpo, escala, categoría o equivalente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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opta, los servicios prestados como personal funcionario/a interino o como laboral temporal, cualquiera que
sea la modalidad del nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de
temporalidad.
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2.1 - Antigüedad. Hasta un máximo de 6 puntos.
Experiencia
Valoración
(máximo 6 puntos)
A - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos ocupando el
puesto objeto de la convocatoria.
0,04 puntos/mes
B - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos en el mismo
grupo, subgrupo, cuerpo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la
convocatoria.
0,02 puntos/mes
C - Por cada mes de antigüedad en cualquier otra Administración pública
ocupando el puesto objeto de la convocatoria.
0,01 puntos/mes
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación expedida por el
órgano competente de la Administración Pública, y contrato de trabajo, y en su caso, nombramiento.
2.2 - Formación. Hasta un máximo de 4 puntos.
Formación
Por cada 10 horas de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas y a 0,20 puntos).
Valoración
(máximo 4 puntos)
0,20 puntos
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las funciones a desarrollar en
el puesto/plaza a la que se opte, y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien
por una institución pública o privada (Colegio profesional, sindicato, Cámara de Comercio, federación, etc.) en
colaboración con una Administración Pública. También se valorarán los cursos organizados por los sindicatos
al amparo de los planes anuales de formación para el empleo del personal al servicio de la administración
pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: la Administración
General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la
Administración Local y las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o
dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las
empresas públicas se rigen por el derecho privado por lo que no tienen la consideración de Administración
Pública a estos efectos.
Se aportará original o copia compulsada de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso se
valorará una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación y se
valorará únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las
fechas de realización y las horas de duración.
En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente
2.3 - Valoración y desempate. La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de
empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden:
1º - Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.A, antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos ocupando
el puesto objeto de la convocatoria.
2º - Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.B, antigüedad en el Ayuntamiento de Hornachos en el
mismo grupo, subgrupo, cuerpo, escala, categoría o equivalente.
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