Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06121/2022)
Bases y convocatoria para constituir una lista de espera de Gerente de Dinamización Comercial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 6121/2022
Se efectuará por el procedimiento de oposición y constará de los dos ejercicios selectivos, de carácter consecutivo y
eliminatorio, que se describen a continuación:
1.º.- Primera prueba. Presentación de un proyecto sobre las acciones y actividades a realizar por el Gerente de
Dinamización Comercial, en relación con las funciones descritas en el apartado 3º de la Base Primera, en la
localidad de Almendralejo, durante las anualidades de 2023, 2024 y 2025.
El proyecto tendrá una extensión mínima de 5 y máxima de 15 folios mecanografiados a doble espacio y a
doble cara.
Respecto al proyecto se valorará la claridad, el orden de las ideas, la capacidad de síntesis, la aportación
personal del aspirante, el conocimiento de las normas de aplicación, así como las medidas a adoptar en
proyectos de animación comercial.
2.º.- Segunda prueba. Defensa pública del proyecto presentado, donde se ponga de manifiesto su autoría y
conocimientos sobre el mismo, que tendrá una duración máxima de 10 minutos incluido el tiempo necesario
para su preparación.
Se pretende que los aspirantes pongan de manifiesto sus aptitudes y capacidad profesional en relación al
puesto a desempeñar. Si el tribunal lo estima podrá dialogar sobre las materias objeto de esta prueba, y pedir
las aclaraciones oportunas, a los aspirantes que considere.
Durante la exposición el aspirante no podrá aportar ningún medio audiovisual. No obstante, el tribunal, para
garantizar la igualdad de oportunidades, podrá determinar y facilitar los medios que estime oportunos para la
realización de esta prueba.
Se pretende que los aspirantes pongan de manifiesto sus aptitudes y capacidad profesional en relación al
puesto a desempeñar. Si el tribunal lo estima podrá dialogar sobre las materias objeto de esta prueba, y pedir
las aclaraciones oportunas, a los aspirantes que considere.
3.º.- Desarrollo de las pruebas. A la primera prueba no concurrirán los aspirantes. El Tribunal de Selección
indicará el día de celebración de la segunda prueba con una antelación mínima de 48 horas al comienzo de
las mismas.
Con carácter previo al inicio de la segunda prueba, el tribuna expondrá a los aspirantes los criterios de
corrección de la misma.
Octava.- Calificación de las pruebas selectivas y definitiva.
1.º.- Calificación de las pruebas. Todos los ejercicios serán obligatorios para la totalidad de las personas
aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar uno haber superado el anterior.
Se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. La
determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros
del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación
definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una
diferencia igual o superior a 2 puntos.
Finalizada la corrección de cada una de las pruebas, se publicará por el Tribunal de Selección las personas que
las hayan superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de dos días hábiles para efectuar
reclamaciones ante dicho Tribunal
2.º.- Calificación definitiva: La calificación definitiva será la suma de las puntuaciones alcanzadas, por las
personas aspirantes declaradas aptas en cada uno de los ejercicios, determinándose así el orden de la
clasificación definitiva.
Conforme al Reglamento Regulador de las Listas de Espera, la calificación definitiva se determinará de la
siguiente manera:
1.º. Mayor número de ejercicios aprobados.
2.º. A igualdad de ejercicios aprobados, mayor puntuación en la suma de los ejercicios
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se efectuará por el procedimiento de oposición y constará de los dos ejercicios selectivos, de carácter consecutivo y
eliminatorio, que se describen a continuación:
1.º.- Primera prueba. Presentación de un proyecto sobre las acciones y actividades a realizar por el Gerente de
Dinamización Comercial, en relación con las funciones descritas en el apartado 3º de la Base Primera, en la
localidad de Almendralejo, durante las anualidades de 2023, 2024 y 2025.
El proyecto tendrá una extensión mínima de 5 y máxima de 15 folios mecanografiados a doble espacio y a
doble cara.
Respecto al proyecto se valorará la claridad, el orden de las ideas, la capacidad de síntesis, la aportación
personal del aspirante, el conocimiento de las normas de aplicación, así como las medidas a adoptar en
proyectos de animación comercial.
2.º.- Segunda prueba. Defensa pública del proyecto presentado, donde se ponga de manifiesto su autoría y
conocimientos sobre el mismo, que tendrá una duración máxima de 10 minutos incluido el tiempo necesario
para su preparación.
Se pretende que los aspirantes pongan de manifiesto sus aptitudes y capacidad profesional en relación al
puesto a desempeñar. Si el tribunal lo estima podrá dialogar sobre las materias objeto de esta prueba, y pedir
las aclaraciones oportunas, a los aspirantes que considere.
Durante la exposición el aspirante no podrá aportar ningún medio audiovisual. No obstante, el tribunal, para
garantizar la igualdad de oportunidades, podrá determinar y facilitar los medios que estime oportunos para la
realización de esta prueba.
Se pretende que los aspirantes pongan de manifiesto sus aptitudes y capacidad profesional en relación al
puesto a desempeñar. Si el tribunal lo estima podrá dialogar sobre las materias objeto de esta prueba, y pedir
las aclaraciones oportunas, a los aspirantes que considere.
3.º.- Desarrollo de las pruebas. A la primera prueba no concurrirán los aspirantes. El Tribunal de Selección
indicará el día de celebración de la segunda prueba con una antelación mínima de 48 horas al comienzo de
las mismas.
Con carácter previo al inicio de la segunda prueba, el tribuna expondrá a los aspirantes los criterios de
corrección de la misma.
Octava.- Calificación de las pruebas selectivas y definitiva.
1.º.- Calificación de las pruebas. Todos los ejercicios serán obligatorios para la totalidad de las personas
aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar uno haber superado el anterior.
Se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. La
determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros
del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquél, siendo el cociente la calificación
definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una
diferencia igual o superior a 2 puntos.
Finalizada la corrección de cada una de las pruebas, se publicará por el Tribunal de Selección las personas que
las hayan superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de dos días hábiles para efectuar
reclamaciones ante dicho Tribunal
2.º.- Calificación definitiva: La calificación definitiva será la suma de las puntuaciones alcanzadas, por las
personas aspirantes declaradas aptas en cada uno de los ejercicios, determinándose así el orden de la
clasificación definitiva.
Conforme al Reglamento Regulador de las Listas de Espera, la calificación definitiva se determinará de la
siguiente manera:
1.º. Mayor número de ejercicios aprobados.
2.º. A igualdad de ejercicios aprobados, mayor puntuación en la suma de los ejercicios
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