Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Manchita. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06087/2022)
Aprobación del régimen de dedicación parcial de miembros de la Corporación
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Manchita

Anuncio 6087/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Manchita
Manchita (Badajoz)
Anuncio 6087/2022
Aprobación del régimen de dedicación parcial de miembros de la Corporación

El Pleno de este Ayuntamiento adoptó, en su sesión extraordinaria del día 22/12/2022, el acuerdo cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"Tercero. Aprobación de régimen de dedicación parcial para miembros de la Corporación, y fijación de
retribuciones por tal dedicación.
Se somete a votación, en primer lugar, la dedicación parcial de la concejala delegada en Sanidad, Bienestar Social y Mayores
y, por unanimidad de los presentes en ese momento en la sesión (todos los miembros corporativos excepto la Concejala
Delegada en Sanidad, Bienestar Social y Mayores, doña Inés Sánchez Solís), se adopta el siguiente acuerdo:
Primero. Disponer que el desempeño de la Concejala Delegada en Sanidad, Bienestar Social y Mayores de
este Ayuntamiento se desarrolle en régimen de dedicación parcial, que se establece en el cincuenta por ciento
de la jornada de trabajo ordinaria del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Segundo. Establecer a favor de la Concejala Delegada en Sanidad, Bienestar Social y Mayores de este
Ayuntamiento una retribución neta mensual de seiscientos nueve euros, a percibir, con efectos desde el día
uno de enero de dos mil veintitrés, en doce pagas, así como darla de alta en el Régimen General de la
Seguridad Social, retribuciones que experimentarán una subida anual igual a la que se fije para los
funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas. La percepción de estas retribuciones llevará
inherente el ejercicio de las funciones propias del cargo en el régimen de dedicación aprobado, siendo
compatible con el ejercicio de otras actividades públicas o privadas, en los términos previstos en el apartado
segundo del artículo 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en
concordancia con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el Portal de Transparencia
Acto seguido, se somete a votación la dedicación parcial de la concejala delegada en Recursos Humanos y Empresa y, por
unanimidad de los presentes en ese momento en la sesión (todos los miembros corporativos excepto la Concejala Delegada
en Recursos Humanos y Empresa, doña Eva Juez Sosa), se adopta el siguiente acuerdo:
Primero. Disponer que el desempeño de la Concejala Delegada en Recursos Humanos y Empresa de este
Ayuntamiento se desarrolle en régimen de dedicación parcial, que se establece en el cincuenta por ciento de
la jornada de trabajo ordinaria del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Segundo. Establecer a favor de la Concejala Delegada en Recursos Humanos y Empresa de este Ayuntamiento
una retribución neta mensual de seiscientos nueve euros, a percibir, con efectos desde el día uno de enero de
dos mil veintitrés, en doce pagas, así como darla de alta en el Régimen General de la Seguridad Social,
retribuciones que experimentarán una subida anual igual a la que se fije para los funcionarios al servicio de
las Administraciones Públicas. La percepción de estas retribuciones llevará inherente el ejercicio de las
funciones propias del cargo en el régimen de dedicación aprobado, siendo compatible con el ejercicio de
otras actividades públicas o privadas, en los términos previstos en el apartado segundo del artículo 75.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con lo establecido en el
artículo 5 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el Portal de Transparencia".
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 4