Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06059/2022)
Convocatoria de dos puestos de trabajo temporales, por concurso-oposición, de Operarios de Servicios Múltiples, para el Servicio de Tráfico del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
10 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Anuncio 6059/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
Anuncio 6059/2022
Convocatoria de dos puestos de trabajo temporales, por concurso-oposición, de Operarios de Servicios Múltiples, para el
Servicio de Tráfico del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros

Por la presente se pone en conocimiento del público en general que esta Alcaldía, mediante Decreto número 1743/2022, de
21 de diciembre, ha resuelto aprobar las bases de la convocatoria que han de regir la selección, mediante el sistema de
concurso-oposición, de dos puestos de trabajo temporales de Operarios de Servicios Múltiples, para el servicio de Tráfico,
del Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, con el siguiente tenor literal:
PRIMERO: Aprobar las bases que han de regir las pruebas selectivas para la provisión mediante el sistema de concursooposición, de dos puestos de Operarios de Servicios Múltiples, destinados al Servicio Municipal de Tráfico.
SEGUNDO: Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas anteriores, que se regirá por las siguientes Bases:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION, DE DOS PUESTOS DE
TRABAJO TEMPORALES DE OPERARIOS DE SERVICIOS MULTIPLES, PARA EL SERVICIO DE TRÁFICO, DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DE LOS BARROS.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
La presente convocatoria tiene por objeto la selección mediante el sistema de concurso-oposición de dos puestos de
Operarios de Servicios Múltiples, para el servicio municipal de Tráfico. El contrato a formalizar será el de la mejora de la
ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de programas de activación para el empleo (código 405), a jornada completa
y una duración de seis meses.
Las retribuciones a percibir corresponderán con un sueldo mensual similar al de un puesto de trabajo de igual categoría
profesional (Grupo V, Operarios de Servicios Múltiples).
Corresponderá a los seleccionados para las plazas objeto de la presente convocatoria, una vez provistos los puestos
correspondientes, el desempeño de tareas similares a las asignadas en la R.P.T. a un puesto de igual categoría.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el RDL 5/2015 de 30 de octubre del
Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real
Decreto Legislativo 781/19886, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes
en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de
la Administración General del Estado, Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura y demás normativa
vigente que resulte de aplicación.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
Octubre, en el supuesto acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero deberá acreditarse su homologación por el órgano de la Administración competente.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones a la plaza a
la que se aspira. El operario de servicios múltiples trabaja de pie, agachado y en posiciones incómodas. Por
todo esto es imprescindible disponer de una óptima movilidad física. Grado medio/alto de esfuerzo físico.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 10