Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Marta de los Barros. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05997/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de personal laboral fijo, Grupo III, acogida al proceso extraordinario de estabilización de empleo público por el sistema de concurso (Técnico Deportivo Superior de Fútbol)
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Ayuntamiento de Santa Marta de los Barros

Anuncio 5997/2022

que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
OCTAVA.- BOLSA DE TRABAJO
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
NOVENA.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Una vez terminado el concurso de méritos, el Tribunal harán pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la
sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://santamartadelosbarros.es] y, en su caso, en el Tablón de Anuncios,
para mayor difusión, precisándose que el número de propuestos no podrá rebasar el número de plazas convocadas,
relación que se elevará a la Alcaldía.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de cinco hábiles desde la publicación de la
relación de aprobados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://santamartadelosbarros.es y, en su caso, en el
Tablón de Anuncios, para mayor difusión, que reúnen los requisitos de capacidad y los exigidos en la convocatoria:
a) DNI o documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
e) En su caso, certificado oficial que acredite discapacidad, dictamen técnico facultativo e informe que acredite
la compatibilidad del aspirante para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Tratándose de
copias simples ya aportadas, se le requerirá al interesado, la exhibición del documento original para su cotejo.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía en su condición de jefatura directa del personal, y se
publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://santamartadelosbarros.es y, en su caso, en el Tablón de
Anuncios, para mayor difusión.
Una vez publicado el nombramiento, se deberá proceder a la toma de posesión e incorporación al puesto de trabajo por los
nombrados dentro del plazo de diez días naturales a partir de dicha publicación.
DÉCIMA.- INCOMPATIBILIDADES
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
DECIMOPRIMERA.- INCIDENCIAS
El órgano de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta
convocatoria y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que
debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local.
DECIMOSEGUNDA.- VINCULACIÓN DE LAS BASES
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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