Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06146/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de estabilización de las plazas recogidas en la oferta de empleo público para la categoría B
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 6146/2022

prestados como personal funcionario/a interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del
nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, conforme a
los siguientes criterios:
2.1 - ANTIGÜEDAD. Hasta un máximo de 8 puntos.

Experiencia en la misma plaza/puesto.

VALORACIÓN
(máximo 8 puntos)

A - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, en la plaza objeto
de la convocatoria.

0,10 puntos/mes

B - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en diferente
cuerpo, escala, categoría o plaza objeto de la convocatoria o en cualquiera de sus entidades u
organismos dependientes.

0,05 puntos/mes

C - Por cada mes de antigüedad en cualquier otra Administración pública en el mismo cuerpo,
escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria.

0,025 puntos/mes

Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el
permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán
incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin
reducción de jornada. No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de
ningún tipo ni en servicios especiales. No se valorarán los servicios prestados como personal eventual ni
como personal directivo profesional. No se computarán servicios que hubiesen sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación expedida por el
órgano competente de la Administración Pública.
2.2 - FORMACIÓN. Hasta un máximo de 2 punto.

Formación
Por cada hora de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale 10 horas y se valoraría con 1 punto)

VALORACIÓN
(máximo 2 punto)
0,20 puntos

Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las funciones a desarrollar en
el puesto/plaza a la que se opte o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales específicos
del puesto/plaza objeto de la convocatoria, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, o
formación de carácter transversal, y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad,
bien por una institución pública o privada (Colegio profesional, Sindicato, Cámara de Comercio, Federación,
etc.) en colaboración con una Administración Pública. También se valorarán los cursos organizados por los
sindicatos al amparo de los Planes Anuales de Formación para el empleo del personal al servicio de la
Administración Pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: la Administración
General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la
Administración Local y las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o
dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las
empresas públicas se rigen por el derecho privado por lo que no tienen la consideración de Administración
Pública a estos efectos.
Se aportará copia de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso se valorará una sola vez los
cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación y se valorará únicamente el
de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y
las horas de duración.
2.3 - VALORACIÓN Y DESEMPATE. La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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