Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05993/2022)
Bases de convocatoria para la provisión de plazas vacantes de personal funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición, correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización. Subgrupo A2
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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- Documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso. Se recabarán de oficio
aquellos que consten en el expediente personal de la Diputación de Badajoz, para lo cual deberá marcarse
obligatoriamente "remisión a mi expediente personal" en la solicitud de admisión. En el caso de méritos
baremables que no figuren en dicho expediente, se deberán aportarán los documentos acreditativos según
establece la base séptima de las presentes bases (sistema selectivo).
Cada documento que se adjunte a la solicitud, a través de la sede electrónica, necesariamente se nombrará
en mayúsculas, con los APELLIDOS y NOMBRE de la persona aspirante. El trámite finalizará con la emisión del
justificante de entrada en registro, siendo responsable la persona interesada de verificar presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud.
La presentación de la solicitud, junto a la documentación que la acompaña, y la subsanación de las misma, en
su caso, se deberá realizar por el canal electrónico, durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo
establecido, mediante el trámite habilitado al efecto a través de la sede electrónica de la Diputación de
Badajoz ubicada en la dirección https://sede.dip-badajoz.es/, de conformidad con el el artículo 14.3 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo
9.1.f de la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la
Diputación de Badajoz. Las personas interesadas aportarán al expediente los documentos adicionales que
sean necesarios conforme a los modelos normalizados, que debidamente firmados por el órgano competente
se digitalizarán e incorporarán junto con la solicitud electrónica. La Diputación Provincial de Badajoz podrá en
cualquier momento requerir al interesado la exhibición del documento o de la información original o solicitar
del correspondiente archivo, el cotejo del contenido con las copias aportadas. La aportación de tales copias
implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales
documentos. Excepcionalmente, se podrá realizar la presentación en otro soporte, cuando una incidencia
técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
4. Discapacidad.
Las personas aspirantes con discapacidad, que precisen adaptaciones para la realización de los ejercicios deberán solicitarlo
en la instancia concretando la adaptación que se precise, en el caso de que estas sean necesarias. Deberán aportar junto a
la misma certificado acreditativo expedido por la Administración competente de tener una discapacidad igual o superior al
33%. El Tribunal de selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan,
concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio,
por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se
tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del
nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el
formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de la aspirante para las
funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes bases.
Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura,
CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y
funciones de las plazas.
QUINTA.- ADMISIÓN.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la Diputación
de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidas
y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La subsanación se realizará por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de Badajoz
se deberá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la documentación
oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1
(trámite de Recursos Humanos y Régimen Interior: subsanación de la solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de las
personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así mismo, será publicado con la
debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios y la composición del Tribunal de Selección.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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