Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05989/2022)
Bases de convocatoria para la provisión de plazas vacantes de personal funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición, correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización. Grupo AP
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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DECIMOSEGUNDA.- FASE DE PERIODO DE PRÁCTICAS.
En este periodo, los funcionarios/as en prácticas realizaran funciones propias del puesto de trabajo al que aspiran, adscritos
a un Área donde existan puestos vacantes correspondientes a las plazas ofertadas, donde se someterán a un periodo de
tres meses de prácticas. Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas las personas aspirantes compaginarán el
desempeño de las funciones con la formación teórica. Durante el periodo de estas prácticas evaluables, se realizará el
seguimiento necesario de la actuación de las aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al
ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación. Al finalizar el periodo de
prácticas, la Dirección del Área en que se han realizado las prácticas, a propuesta de la Jefatura de Servicio correspondiente,
emitirá un informe motivado sobre el trabajo realizado en este periodo de prácticas con la calificación de "apta" o "no apta",
según proceda. Las personas aspirantes funcionarias en prácticas que no superen el período de prácticas por haber
obtenido la calificación de "no apta" perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios/as. No obstante,
quienes no pudieran realizar el periodo de prácticas por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo con posterioridad. Durante el tiempo que las personas aspirantes permanezcan
nombradas como funcionarias en prácticas tendrán derecho a ser retribuidas. Quedan exentas de realizar esta fase aquellas
personas aspirantes que acrediten una antigüedad mínima de un año de servicios prestados en la Administración
convocante.
DECIMOTERCERA.- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO/A DE CARRERA.
Quienes hayan obtenido la clasificación de apto o apta en el periodo de prácticas, tomarán posesión como funcionaria o
funcionario de carrera en el plazo máximo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que les sea
notificado el nombramiento. Quienes no comparezcan en el plazo señalado sin causa justificada, decaerán en todos sus
derechos a ocupar la plaza.
Con carácter previo al nombramiento, a las personas que hayan superado el proceso selectivo les será ofrecido por el Área
de Recursos Humanos y Régimen Interior el conjunto de plazas de igual denominación a la que se opte, debiendo elegir
éstas según el orden de prelación de mayor a menor resultante de la puntuación final.
Adquirida la condición de personal funcionario/a de carrera, les será de aplicación la normativa sobre incompatibilidades
contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones
Públicas.
DECIMOCUARTA.- LEGISLACIÓN.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción
de la temporalidad en el empleo público, Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley
40/2015, de 1 de octubre; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en lo que resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8
de abril y el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; las bases de la convocatoria; supletoriamente, el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
DECIMOQUINTA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales,
y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de carácter personal es necesario en el cumplimiento de una
misión realizada en interés público.
a) Información sobre protección de datos.
- Responsable.
Diputación Provincial de Badajoz.
Delegado de Protección de Datos
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6. 06071 Badajoz.

- Finalidad del tratamiento:
La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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