Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05955/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición para cubrir una plaza de Maestro/a de Educación Infantil, con destino en la Escuela Municipal de Educación Infantil
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Ayuntamiento de Alconera
Anuncio 5955/2022
DÉCIMA.- Incidencias.El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos
necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
UNDÉCIMA.- Vinculación de las bases. Recursos.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento, al Tribunal y a quienes participen en el proceso selectivo.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/20158, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si
transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya
sido resuelto, podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de seis meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de
Badajoz, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En Alconera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Marco A. Morales Jaramillo.
______________
ANEXO I.- SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO - OPOSICIÓN DE LA PLAZA CORRESPONDIENTE A LA OPFERTA DE EMPLEO
EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN DE MAESTRO/A DE EDUCACIÓN INFANTIL , CON DESTINO A LA ESCUELA MUNICIPAL
DE EDUCACIÓN INFANTIL DE ALCONERA
(Artículo 2.º de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público)
SOLICITUD
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE:
Nombre y Apellidos:
DNI:
Domicilio:
Correo electrónico:
Teléfono:
Que teniendo conocimiento del procedimiento convocado por el Ayuntamiento de Alconera, en el marco de la oferta de
empleo público 2022 (ejecución de los procesos de estabilización de empleo temporal – D.A. 6ª de la Ley 20/2021), para la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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DÉCIMA.- Incidencias.El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que surjan durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos
necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
UNDÉCIMA.- Vinculación de las bases. Recursos.
Las presentes bases vinculan al Ayuntamiento, al Tribunal y a quienes participen en el proceso selectivo.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/20158, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si
transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya
sido resuelto, podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de seis meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de
Badajoz, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
En Alconera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Marco A. Morales Jaramillo.
______________
ANEXO I.- SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO - OPOSICIÓN DE LA PLAZA CORRESPONDIENTE A LA OPFERTA DE EMPLEO
EXTRAORDINARIA DE ESTABILIZACIÓN DE MAESTRO/A DE EDUCACIÓN INFANTIL , CON DESTINO A LA ESCUELA MUNICIPAL
DE EDUCACIÓN INFANTIL DE ALCONERA
(Artículo 2.º de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público)
SOLICITUD
DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE:
Nombre y Apellidos:
DNI:
Domicilio:
Correo electrónico:
Teléfono:
Que teniendo conocimiento del procedimiento convocado por el Ayuntamiento de Alconera, en el marco de la oferta de
empleo público 2022 (ejecución de los procesos de estabilización de empleo temporal – D.A. 6ª de la Ley 20/2021), para la
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