Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05959/2022)
Bases de la convocatoria acogidas al proceso de estabilización del empleo público por concurso-oposición de dos plazas de Auxiliar de Limpieza
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

Anuncio 5959/2022

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante, dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y las causas de exclusión. En dicha resolución,
que deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Cabeza la Vaca y en la Sede Electrónica.
Se concederá un plazo de cinco días hábiles para que las personas interesadas puedan presentar
reclamaciones sobre su exclusión o subsanación de errores.
5.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior y resueltas las reclamaciones, el órgano
convocante dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, determinando la composición del Tribunal de Selección, que se publicará en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento de Cabeza la Vaca y en la Sede Electrónica.
6. Tribunal de Selección.
6.1. El Tribunal de Selección estará constituido por cinco miembros, debiendo designarse el mismo número
de suplentes, pudiendo actuar indistintamente cualquiera de ellos y respetando en todo caso lo dispuesto en
el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
La composición será la siguiente: un/a Presidente/a, tres vocales y un/a Secretario/a, todos con un nivel de
titulación igual o superior al exigido para tomar parte en la convocatoria.
El Tribunal podrá proponer el nombramiento de asesores técnicos asimilados a vocal, a los efectos exclusivos
de su retribución.
6.2. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y demás disposiciones vigentes.
Corresponderá a los tribunales la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran
surgir en el desarrollo del ejercicio, y adoptarán al respecto las decisiones que estimen pertinentes.
6.3. Los miembros del Tribunal, así como los asesores, en su caso, están sujetos a los supuestos de
abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
7. Desarrollo del proceso selectivo.
La selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de concurso-oposición.
Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba de aptitud eliminatoria y obligatoria para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la posición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
La práctica de la prueba será eliminatoria, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes
que no alcancen un mínimo de 5 puntos.
El ejercicio de la oposición consistirá en una prueba teórica, examen de 20 preguntas tipo test que versarán sobre cultura
general y materias propias del puesto a cubrir(limpieza), con una duración de 45 minutos.
Fase de concurso.
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una puntuación máxima de 100 puntos:
A) EXPERIENCIA LABORAL
Hasta un máximo de 70 puntos, en la forma siguiente

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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