Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05959/2022)
Bases de la convocatoria acogidas al proceso de estabilización del empleo público por concurso-oposición de dos plazas de Auxiliar de Limpieza
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 5959/2022
Bases de la convocatoria acogidas al proceso de estabilización del empleo público por concurso-oposición de dos plazas de
Auxiliar de Limpieza

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE DOS PLAZAS DE AUXILIAR DE LIMPIEZA AL 50% DE LA JORNADA, COMO
PERSONAL LABORAL FIJO
1. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión como personal laboral fijo de dos plazas de auxiliar de limpieza a media
jornada del Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, mediante el sistema de concurso oposición de conformidad con la Disposición
Adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el
empleo público. Asimismo, es también objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Empleo para
atender las necesidades que pudieran surgir como consecuencia de vacaciones, licencias, permisos, excedencia o bajas del
trabajador/a auxiliar de limpieza que resulte seleccionado/a o para la contratación de limpiador/ras por necesidades del
servicio, la cual, estará formada por aquellos/as aspirantes que superen el proceso selectivo y no sean propuestos/as por el
Tribunal para su contratación.
La jornada se establece para estos puestos como media jornada, atendiendo a las necesidades del servicio.
El empleo de los medios materiales adecuados y de recursos humanos suficientemente preparados es una necesidad
imprescindible hoy en día para poder llevar a cabo de forma adecuada los servicios prestados en el Ayuntamiento de
Cabeza la Vaca.
2. Normativa aplicable.
Además de las presentes Bases, le será de aplicación a esta convocatoria la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y; supletoriamente,el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de
la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado.
3. Requisitos de los aspirantes.
3.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Nacionalidad: Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto para los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea en el art. 57 del RDL 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven
del puesto a desempeñar.
c) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a la escala de Administración General. En
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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