Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Vargas. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05870/2022)
Convocatoria y bases del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Director/a Universidad Popular/Bibliotecario/a
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Ayuntamiento de Higuera de Vargas

Anuncio 5870/2022

A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal Calificador tendrá su sede en la dirección del Ayuntamiento de
Higuera de Vargas.
Las actuaciones del Tribunal pueden ser recurridas en alzada ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde que
estas se hicieron públicas, de acuerdo con el artículo 121 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
Las asistencias y colaboraciones por participación en tribunales darán derecho a percibir las indemnizaciones previstas en la
normativa correspondiente.
Séptima. Sistema de selección y desarrollo del proceso.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DIRECTOR/A UNIVERSIDAD POPULAR/ BIBLIOTECARIO/A: CONCURSO
Los aspirantes deberán presentar junto con la instancia los documentos acreditativos de los méritos que alegan para la fase
de concurso. Asimismo, deberán presentar el anexo de autobaremación (anexo II).
La selección de las personas aspirantes se llevará a cabo mediante el sistema de acceso libre por concurso consistente en la
valoración de méritos, indicados a continuación.
De conformidad con lo establecido por la disposición adicional sexta, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, la fase de
concurso tendrá una puntuación de los 20 puntos del total del proceso selectivo.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
a) Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 16 puntos con un periodo máximo de cómputo de
servicio de 18 años de acuerdo con la siguiente puntuación:
a.1. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Higuera de Vargas como personal funcionario
interino o personal laboral temporal en el Cuerpo, Escala o Categoría a la que se desea acceder,
hasta un máximo de 16 puntos, a razón de 0,074 por mes o fracción.
a.2. Servicios prestados como personal funcionario interino o personal laboral temporal en
otras Administraciones Públicas cuando el Cuerpo, Escala o Categoría, en su caso, donde se
hayan prestado los servicios sea igual al Cuerpo o Categoría a la que se opta, y siempre que se
trate del mismo Grupo, hasta una puntuación máxima de 5 puntos, a razón de 0,023 por mes o
fracción.
Los trabajos a jornada parcial se valorarán en función de la jornada realmente desempeñada.
Los méritos relativos a la experiencia profesional se acreditarán, necesariamente, mediante
certificado del órgano correspondiente, en el que se deberán hacer constar los servicios
prestados que se pretendan hacer valer como experiencia profesional, con indicación expresa
de los períodos de tiempo de prestación, la categoría, y el vínculo como funcionario interino o
personal laboral temporal.
Este extremo podrá ser comprobado a tal efecto por el Departamento de Personal. Los
aspirantes no tendrán que acreditar la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Higuera
de Vargas, pues ésta será justificada de oficio ante el Tribunal de Selección, por el
Departamento de Personal.
b) Méritos académicos y otros méritos con una puntuación máxima de 4 puntos.
b.1 Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por
instituciones oficiales que estén directamente relacionados con las funciones a desarrollar en
las plazas objeto de la convocatoria.
Los cursos serán valorados según la siguiente escala:
- Cursos de entre 10 a 30 horas 0,70 puntos.
- Cursos de entre 31 a 50 horas 0,90 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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