Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Vargas. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05870/2022)
Convocatoria y bases del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Director/a Universidad Popular/Bibliotecario/a
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Ayuntamiento de Higuera de Vargas

Anuncio 5870/2022

No serán valorados aquellos cursos cuya duración no esté justificada ni aquellos que sean
inferiores a 10 horas.
b.2 En todo caso siempre serán objeto de valoración los cursos referentes a las siguientes
materias transversales: prevención de riesgos laborales, igualdad, idiomas, ofimática e
informática, calidad, atención al público y procedimiento administrativo común, que se deberán
acreditar igualmente mediante fotocopia compulsada del título del organismo que los impartió
u homologó, en el que deberá constar la materia y el número de horas lectivas.
Los cursos serán valorados según la siguiente escala:
- Cursos de entre 10 a 30 horas 0,70 puntos.
- Cursos de entre 31 a 50 horas 0,90 puntos.
- Cursos de entre 51 a 100 horas 1,50 puntos.
- Cursos de entre 101 a 200 horas 2,00 puntos.
- Cursos de más de 200 horas 3,00 puntos.
No serán valorados aquellos cursos cuya duración no esté justificada ni aquellos que sean
inferiores a 10 horas.
Total apartado b) = __________ puntos.
Puntuación total fase concurso: _____________

En ___________________ a ___ de _______________ de 2022
Fdo.: ___________________________

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el
Alcaldía de este Ayuntamiento de Higuera de Vargas, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este
radica en la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Higuera de Vargas, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José Torvisco Soriano.

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