Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05976/2022)
Bases por la que se convoca a concurso a personal laboral, acogida al proceso de estabilización extraordinario de empleo público, de una plaza de Arquitecto Superior Oficina Gestión Urbanística
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Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena

Anuncio 5976/2022

La Presidencia podrá requerir a los miembros de la comisión de selección una declaración expresa de no encontrarse
sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en causa de
abstención deberán comunicarlo a la Presidencia en el plazo máximo de 10 días.
La comisión de selección no podrá constituirse sin la asistencia, como mínimo, de la mitad de sus miembros titulares o
suplentes indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos.
En caso de ausencia del/la presidente/a titular o suplente, la presidencia delegará ésta en un/a miembro del Tribunal.
La sustitución de la Secretaría y de su suplente, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, recaerá en
cualquier otro integrante del Tribunal elegido por acuerdo mayoritario de este.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal Calificador tendrá su sede en la dirección de la Mancomunidad
Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena.
Las actuaciones del Tribunal pueden ser recurridas en alzada ante la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde que
estas se hicieron públicas, de acuerdo con el artículo 121 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
Las asistencias y colaboraciones por participación en tribunales darán derecho a percibir las indemnizaciones previstas en la
normativa correspondiente.
SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: ARQUITECTO/A SUPERIOR OFICINA DE GESTIÓN URBANÍSTICA: CONCURSO
Los aspirantes deberán presentar junto con la instancia los documentos acreditativos de los méritos que alegan para la fase
de concurso. Asimismo, deberán presentar el anexo de autobaremación (anexo II).
La selección de las personas aspirantes se llevará a cabo mediante el sistema de acceso libre por concurso consistente en la
valoración de méritos, indicados a continuación.
De conformidad con lo establecido por la disposición adicional sexta, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el desarrollo de
la convocatoria para la selección se desarrollará mediante concurso de méritos con arreglo a las siguientes prescripciones:
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente
baremo.
A) Méritos Profesionales: Se valorará el tiempo de servicios efectivos prestados en los últimos 10 años
contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (máximo 60 puntos)
A1) Por cada mes de antigüedad en la entidad convocante ocupando el puesto objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,5 puntos.
A2) Por cada mes de antigüedad en la entidad convocante en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del
plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,25 puntos.
A3) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo cuerpo,
escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,15 puntos.
Para la valoración de méritos profesionales se debe presentar los documentos relacionados en
la Base 4ª. Los méritos profesionales en la entidad convocante se comprobarán de oficio.
B) Méritos Académicos: Se valorarán los cursos acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, que complemente las competencias del empleado público, o que se encuentren
relacionados directamente con el puesto de trabajo al que se quiera optar, realizados por organismos o
centros públicos o privados homologados oficialmente. (máximo 40 puntos)
Por cada hora de formación se otorgarán 0,05 puntos. A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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