Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05845/2022)
Bases de la convocatoria de los procedimientos selectivos consecuencia de la oferta extraordinaria de empleo público para los procesos de estabilización definidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 5845/2022
Se valorarán los siguientes méritos:
1) La experiencia profesional, se valorará con un máximo de 6 puntos:
a) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Castuera como personal funcionario o personal laboral en la
plaza (Animador sociocultural - Jefe de Personal), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,06 puntos por mes completo de servicios efectivos.
b) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Castuera como personal funcionario (C2) o personal laboral en
la categoría profesional (grupo de cotización 7) y desempeñando funciones idénticas o similares (y
superiores) a las fijadas para la plaza convocada ( Animador sociocultural - Jefe de Personal), hasta la
fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,05 puntos por mes completo
deservicios efectivos.
c) Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público como personal funcionario (C2)
o personal laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 7 o superior) y desempeñando
funciones idénticas o similares (y superiores) a las fijadas para la plaza convocada (Animador sociocultural Jefe de Personal), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,02
puntos por mes completo de servicios efectivos (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y
contratos o nombramiento).
La acreditación de los servicios prestados en las distintas administraciones públicas deberá hacerse obligatoriamente
mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se
dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la
Administración Pública.
2) Méritos académicos u otros méritos, se valorarán con un máximo 2 puntos:
a) Titulación específica o superior a la requerida, se valorará con un máximo de 2 puntos:
Titulación específica o superior a la requerida relacionada con las funciones a desempeñar: Por título oficial
de Master, o equivalente: 2 puntos.
Por título oficial de Grado, o equivalente: 1,5 puntos. Por título oficial de Bachiller, o equivalente: 1 puntos.
El candidato deberá aportar copia del título de máster o copia del certificado de equivalencia emitido por el
Ministerio competente junto conla presentación dela solicitud.
b) Cursos de formación, se valorarán hasta un máximo de 2 puntos.
No se tendrá encuenta la titulación yavalorada en el apartado b) anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/Centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones deutilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta,
atendiendo al siguiente desglose:
De 5 horas a 9 horas: 0,02 puntos. De 10 horas a 24 horas: 0,12 puntos De 25 horas a 59 horas: 0,30 puntos
De 60 horas a 299 horas: 1,50 puntos. De 300 horas o más: 2 puntos.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos según el
orden establecido en la presente base sexta.
11. Cocinero.
Denominación de la plaza: Cocinero
Régimen: Laboral
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se valorarán los siguientes méritos:
1) La experiencia profesional, se valorará con un máximo de 6 puntos:
a) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Castuera como personal funcionario o personal laboral en la
plaza (Animador sociocultural - Jefe de Personal), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,06 puntos por mes completo de servicios efectivos.
b) Servicios prestados en el Ayuntamiento de Castuera como personal funcionario (C2) o personal laboral en
la categoría profesional (grupo de cotización 7) y desempeñando funciones idénticas o similares (y
superiores) a las fijadas para la plaza convocada ( Animador sociocultural - Jefe de Personal), hasta la
fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,05 puntos por mes completo
deservicios efectivos.
c) Servicios prestados en administraciones públicas o entes del sector público como personal funcionario (C2)
o personal laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 7 o superior) y desempeñando
funciones idénticas o similares (y superiores) a las fijadas para la plaza convocada (Animador sociocultural Jefe de Personal), hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,02
puntos por mes completo de servicios efectivos (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y
contratos o nombramiento).
La acreditación de los servicios prestados en las distintas administraciones públicas deberá hacerse obligatoriamente
mediante la presentación de la certificación contenida en el anexo I del Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se
dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la
Administración Pública.
2) Méritos académicos u otros méritos, se valorarán con un máximo 2 puntos:
a) Titulación específica o superior a la requerida, se valorará con un máximo de 2 puntos:
Titulación específica o superior a la requerida relacionada con las funciones a desempeñar: Por título oficial
de Master, o equivalente: 2 puntos.
Por título oficial de Grado, o equivalente: 1,5 puntos. Por título oficial de Bachiller, o equivalente: 1 puntos.
El candidato deberá aportar copia del título de máster o copia del certificado de equivalencia emitido por el
Ministerio competente junto conla presentación dela solicitud.
b) Cursos de formación, se valorarán hasta un máximo de 2 puntos.
No se tendrá encuenta la titulación yavalorada en el apartado b) anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/Centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones deutilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta,
atendiendo al siguiente desglose:
De 5 horas a 9 horas: 0,02 puntos. De 10 horas a 24 horas: 0,12 puntos De 25 horas a 59 horas: 0,30 puntos
De 60 horas a 299 horas: 1,50 puntos. De 300 horas o más: 2 puntos.
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos según el
orden establecido en la presente base sexta.
11. Cocinero.
Denominación de la plaza: Cocinero
Régimen: Laboral
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