Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05905/2022)
Publicación del calendario fiscal de los periodos de exposición pública de padrones y anuncio de cobranza de tributos de cobro periódico y notificación colectiva para el ejercicio 2023
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

Anuncio 5905/2022

que se aplicará lo indicado en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero por el que se dictan normas para la
gestión del IAE y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto. Los periodos de
exposición al público en que puede consultarse por los obligados tributarios, a efecto de comprobación y formulación de
reclamaciones, son los siguientes:
EXPOSICIÓN AL PÚBLICO DE LOS PADRONES DE 2023

TRIBUTOS

PERIODOS

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Del 1 de marzo al 1 de abril de 2023

Tasa de entrada de vehículos y/o Vado Permanente
Guardería Rural y/o Mejora de Caminos

Del 19 de mayo al 19 de junio de 2023

Impuesto sobre Bienes de Inmuebles (IBI)

Del 29 de mayo al 29 de junio de 2023

Tasa de Recogida de Residuos (PROMEDIO)

4º TRI 2022: del 10 de enero al 10 de febrero de 2023
1er TRI 2023: del 10 de abril al 10 de mayo de 2023
2º TRI 2023: del 10 de julio al 10 de agosto de 2023
3er TRI 2023: del 10 de octubre al 10 de noviembre de 2023

Tasa por Ocupación de la Vía Pública

Del 20 de octubre al 20 de noviembre de 2023

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Del 1 de abril al 15 de abril de 2023

Mediante la exposición pública de padrones, se procede a notificar colectivamente las liquidaciones tributarias contenidas
en los mismos, al amparo de lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.
Durante el plazo de exposición al público, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, la información relativa a los datos de los padrones o
matrículas sólo se facilitará al obligado tributario o a su representante, debidamente acreditado, que directamente le
afecten.
Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones en ellos incorporadas (salvo las relativas al ayuntamiento
de Mérida) solo podrá interponerse el Recurso de Reposición del artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ante la Jefatura del Servicio
de Gestión Tributaria y Catastral del OAR dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la finalización del periodo de
exposición pública de los correspondientes padrones. Contra la resolución de este, podrá interponerse Recurso Contencioso
Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Badajoz, en el plazo de 2 meses desde el día siguiente a
la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición, no estando sometidas a plazo las resoluciones
desestimatorias por silencio administrativo.
Se advierte de que la interposición de recurso no detendrá la acción administrativa para la cobranza, a menos que el
interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, de
conformidad con el artículo 14.2 i) del citado Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.
TERCERO. Anuncio de cobranza.- De acuerdo con el apartado 2.b) del artículo 24 del vigente Reglamento General de
Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, los contribuyentes podrán hacer efectivos sus pagos, sin
recargo alguno, durante el período voluntario, en cualquiera de las entidades de depósito que tienen acuerdo de prestación
del servicio con este Organismo, tal y como establece el artículo 22, apartado 1.c) de dicho Reglamento.
Las entidades de depósito que tienen acuerdo de prestación de servicio con este Organismo son las que siguen: Abanca,
Ibercaja, Caixabank, Caja Rural de Extremadura, Caja Almendralejo, Banca Pueyo, BBVA, Banco Santander y Unicaja Banco.
El pago se realizará presentando el aviso de pago que reciba el contribuyente en su domicilio, cualquiera de las entidades de
depósito anteriormente reseñadas:
En ventanilla.
En el cajero automático.
De igual forma, puede realizar el pago telemático, sin necesidad de desplazarse, a cualquier hora del día:
Accediendo directamente al Servicio de Banca Electrónica de su entidad financiera, en el caso de tener este servicio.
Accediendo directamente a la Web del OAR, con tarjeta de crédito o débito (TPV Virtual), disponiendo únicamente de
los datos que figuran en el encabezamiento del recibo (emisora, referencia, identificativo e importe).

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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