Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Segura de León. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05935/2022)
Convocatoria y bases para la selección mediante el sistema de concurso de una plaza de Arquitecto Técnico correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Segura de León

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B. Otros méritos (40 puntos máximo):
La documentación justificativa de los méritos deberá ir ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta los méritos
adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. No se valorarán los alegados con
posterioridad a la finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los
méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni
puntuados. Las certificaciones de realización de cursos sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de
duración de los mismos.
Se valorarán los siguientes méritos:
B.1.- Formación (Máximo 40 puntos). Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o
certificados correspondientes a los cursos alegados, que deberán expresar el contenido de la formación y el número de
horas de la misma.
Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier Administración Pública u otras entidades
públicas o privadas, que estén relacionadas directamente con la plaza ofertada: 0,10 puntos por cada hora de
formación hasta un máximo de 40 puntos.
La justificación del apartado de formación será mediante copia compulsada del título, diploma o certificado de la realización
del mismo, en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado
alguno de estos extremos no podrá computarse.
Cuando la acreditación figure en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
En caso de empate en la puntuación máxima total a obtener, se acudirá para deshacer el empate en primer lugar al
aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el apartado a.1, en caso de persistir en segundo lugar al que haya
obtenido mayor puntuación en el apartado a.2 y en caso de persistir en tercer lugar al que haya obtenido mayor puntuación
en el apartado a.3.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso selectivo, que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
7.2.- Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal Calificador hará pública en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Segura de León y en el tablón de anuncios de la sede electrónica las puntuaciones
provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo señalado para la presentación de
solicitudes, así como la documentación acreditativa, supondrá la no valoración al aspirante de los mismos.
Octava.- Relación de aprobados/as, presentación de documentación y formalización del contrato.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos
para su contratación, que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al objeto de formalizar la contratación y ocupar la plaza,
en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al que les sea notificado haber superado el proceso selectivo.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica del Ayuntamiento, los documentos justificativos de las condiciones de
capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
La persona aspirante propuesta, deberá someterse a reconocimiento médico en Centro designado por el propio
Ayuntamiento, que acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho
reconocimiento concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus
actuaciones.
Quienes, dentro del plazo anterior, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Tras los trámites anteriores, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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