Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Vargas. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05863/2022)
Convocatoria y bases del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local
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Ayuntamiento de Higuera de Vargas

Anuncio 5863/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera de Vargas
Higuera de Vargas (Badajoz)
Anuncio 5863/2022
Convocatoria y bases del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Agente de
Empleo y Desarrollo Local

Mediante resolución de Alcaldía de fecha diecinueve de diciembre de dos mil veintidós por se ha resuelto aprobar las bases
y la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir (1) una
plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local vacante en este Ayuntamiento.

"BASES POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO A PERSONAL LABORAL, ACOGIDAS AL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN
EXTRAORDINARIO DE EMPLEO PÚBLICO EN EL AYUNTAMIENTO DE HIGUERA DE VARGAS: (1) UNA PLAZA DE AGENTE DE
EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL.
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y proceso de selección de personal laboral fijo, mediante
procedimiento de estabilización de empleo temporal de la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dentro del marco general de ejecución de
la oferta pública de empleo extraordinaria, aprobada por Resolución de esta Alcaldía número 2022-0059, de fecha 16 de
mayo de 2022, ha sido publicada en DOE número 98, de 24 de mayo de 2022 y B.O.P. de Badajoz, número 94, de 19 de mayo
de 2022.
Las características de las plazas estructurales vacantes son:
PERSONAL LABORAL

Denominación de la plaza/puesto
Agente de Empleo y Desarrollo Local

Grupo Jornada
A2

Número vacantes forma de provisión

100%

1 Concurso

Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida.
AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL. PERSONAL LABORAL FIJO. A-2
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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