Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Marta de los Barros. Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05933/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de personal laboral fijo, Grupo V, acogida al proceso extraordinario de estabilización de empleo público por el sistema de concurso (Barrendero con Discapacidad)
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Ayuntamiento de Santa Marta de los Barros

Anuncio 5933/2022

puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
4. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas, de quienes
hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
OCTAVA.- BOLSA DE TRABAJO
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
NOVENA.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Una vez terminado el concurso de méritos, el Tribunal harán pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en la
sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://santamartadelosbarros.es] y, en su caso, en el Tablón de Anuncios,
para mayor difusión, precisándose que el número de propuestos no podrá rebasar el número de plazas convocadas,
relación que se elevará a la Alcaldía.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de cinco hábiles desde la publicación de la
relación de aprobados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://santamartadelosbarros.es y, en su caso, en el
Tablón de Anuncios, para mayor difusión, que reúnen los requisitos de capacidad y los exigidos en la convocatoria:
a) DNI o documento acreditativo de la identidad.
b) Titulación académica exigida.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
e) En su caso, certificado oficial que acredite discapacidad, dictamen técnico facultativo e informe que acredite
la compatibilidad del aspirante para el desempeño de las tareas y funciones de las plazas. Tratándose de
copias simples ya aportadas, se le requerirá al interesado, la exhibición del documento original para su cotejo.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
La Resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía en su condición de jefatura directa del personal, y se
publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://santamartadelosbarros.es y, en su caso, en el tablón de
anuncios, para mayor difusión.
Una vez publicado el nombramiento, se deberá proceder a la toma de posesión e incorporación al puesto de trabajo por los
nombrados dentro del plazo de diez días naturales a partir de dicha publicación.
DÉCIMA.- INCOMPATIBILIDADES
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
DECIMOPRIMERA.- INCIDENCIAS
El órgano de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten, interpretar las bases de esta
convocatoria y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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