Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Nava de Santiago. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05912/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y el proceso de estabilización para cubrir una plaza de Oficial de 1ª Albañil
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Ayuntamiento de La Nava de Santiago

Anuncio 5912/2022

La composición del Tribunal Calificador es la siguiente:
- Presidente o Presidenta.
- Tres vocales.
- Secretario/a.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten la Presidencia y de la Secretaría, o
de quienes, en su caso las sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes. En ausencia de la Presidencia la
sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, para aquellos
aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe
a un mero asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los
asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: CONCURSO.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional y la formación relacionada con la plaza, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter
excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las
disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de
posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria
profesional en las Administraciones Públicas y más en concreto en este Ayuntamiento de la Nava de Santiago siendo así que
los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha
dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del TJUE.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, referidos al día que
concluya el plazo de presentación de solictudes:
1. Antigüedad:
A. Por cada mes de servicios prestados en la Administración convocante ocupando la plaza objeto de la
convocatoria – oficial 1ª .albañil- hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,21 puntos, hasta un máximo de 8 puntos.
B. Por cada mes completo de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala,
categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria – oficial 1ª albañil- hasta la fecha de terminación
del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,070 puntos, hasta un máximo de 8 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 8 puntos.
2. Formación:
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se
pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por Diputación de Badajoz, el Instituto Nacional de
Administración Pública, otras administraciones o entidades públicas, privadas, Organizaciones Sindicales.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 1 punto. A estos efectos, un crédito equivale
a 10 horas y a 0,10 puntos.
Permiso de Conducir C-1 : 1 punto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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