Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05913/2022)
Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal para cubrir varias plazas mediante el sistema de concurso para el Ayuntamiento de Campanario
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Ayuntamiento de Campanario

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g) No hallarse incurso en causa de incompatibilidad establecida en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
5.2.- Los/as aspirantes deberán poseer dichos requisitos a día de la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, gozar de los mismos durante el desarrollo del proceso selectivo y mantenerlos
hasta el momento de la adquisición de la condición de empleado/a público/a.
6.- Requisitos específicos en el caso de profesiones que impliquen contacto habitual con menores y ejercicio de las mismas.
6.1.- De conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, será requisito para el acceso y ejercicio de
cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de
edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad
sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así
como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal
efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia
mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
6.2.- A los efectos de dicha Ley son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con
personas menores de edad, todas aquellas, retribuidas o no, que por su propia naturaleza y esencia conllevan
el trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, así como, en
todo caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de edad.
7.- Forma y plazos de presentación de documentos.
7.1.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se presentarán en el Registro General de este
Ayuntamiento, de lunes a viernes (excluidos días inhábiles) , de 9:00 a 14:00 horas, o por cualquiera de los
medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Así mismo, quienes deseen presentar
la documentación electrónicamente lo podrán hacer a través sede electrónica de esta entidad local
https://campanario.sedelectronica.es/info.0
7.2.- Las solicitudes presentadas a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser
fechadas y selladas por el personal funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas. Si la solicitud se
presentara en otro registro distinto al del este Ayuntamiento deberá comunicarse en el mismo día de
presentación mediante correo electrónico a la dirección secretariageneral@campanario.es, adjuntando copia
de la solicitud junto con la documentación adjunta a la misma, y señalando la fecha de presentación y lugar
donde se ha presentado.
7.3.- Las instancias se presentarán según modelo del ANEXO IV de las presentes Bases, el cual puede
descargarse en formato rellenable en la mencionada sede electrónica, apartado "Tablón de Anuncios" y,
dentro de éste, en "Empleo Público".
7.4.- Se presentará una instancia por cada plaza a la que se desee concurrir, acompañada de los documentos
relacionados en el apartado 7.9 de estas Bases, excepto aquellos que ya se hayan presentado previamente
para otras (por ejemplo, si para concurrir a la plaza «A» se ha presentado fotocopia de DNI y fotocopia de vida
laboral y se presenta otra instancia para la plaza «B», sólo será necesario presentarla estas copias una vez,
haciendo referencia en la instancia para la plaza «B» a que ya se han presentado previamente para la plaza
«A») . No obstante, y en cualquier caso, habrán de abonarse las tasas correspondientes a cada una de las
plazas a las que se presente el/la aspirante, es decir, que si se desea concurrir a tres plazas, deben abonarse
tres tasas en la cuantía que corresponda a cada una de ellas según su grupo de titulación.
7.5.- Los/as aspirantes deberán manifestar en su solicitud, y bajo su responsabilidad, que reúnen todos y cada
uno de los requisitos exigidos, en los términos en que se recogen en las presentes Bases y que se
comprometen a poner a disposición de la Administración Municipal su acreditación documental cuando sea
requerido al efecto.
7.6.- En el impreso de solicitud el/la solicitante deberá indicar una dirección de correo electrónico a efectos de
notificaciones, así como un número de teléfono móvil para su localización de forma ágil.
7.7.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: El plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria concreta de la/s plaza/s
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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