Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05765/2022)
Bases de convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Técnico en Telecomunicaciones, personal funcionario, en el turno libre por el sistema de oposición, para el Servico de Administración General del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 5765/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 5765/2022
Bases de convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Técnico en Telecomunicaciones, personal funcionario, en el
turno libre por el sistema de oposición, para el Servico de Administración General del Ayuntamiento de Don Benito

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE TÉCNICO EN TELECOMUNICACIONES, PERSONAL
FUNCIONARIO, TURNO LIBRE, POR EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL
AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
Don José Luis Quintana Álvarez, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Don Benito, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 21.1 g) de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, convoca pruebas
selectivas para cubrir, una plaza de Técnico en Telecomunicaciones, vacante en la plantilla de personal de este
Ayuntamiento, correspondiente a la OEP de 2020, del Turno: Libre, mediante sistema de oposición, con arreglo a las
siguientes:
BASES:
1.ª.- Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en propiedad, mediante el sistema de oposición, en el turno libre, una
plaza vacante de Técnico en Telecomunicaciones, para el Servicio de Administración General del Ayuntamiento de Don
Benito, incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2020, con código RPT AGTT01, personal funcionario
perteneciente al grupo A, subgrupo A1, escala Administración Especial, subescala Técnica, clase Superior, dotada con los
emolumentos correspondientes a dicho grupo, nivel y complemento específico consignados presupuestariamente y demás
retribuciones que correspondan al puesto.
1.2.- La realización de las pruebas selectivas se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que
se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local; en lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el RD 364/1995, de 10 de marzo; Ley 13/2015, de 8
de abril, de Función Pública de Extremadura; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.
2.ª.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer
los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, para el acceso al
empleo público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Grado en Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación, o titulaciones
equivalentes, o en condiciones de obtenerlas en la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias. En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia, que acredite la
citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación, o convalidación en su caso.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto al
que se aspira.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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