Administración Local. Consorcios. Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05898/2022)
Decreto concesión de subvenciones destinadas a las agrupaciones y /o asociaciones de bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz para el año 2022
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Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz

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Tercero.- La distribución de créditos establecida en el punto anterior, 37.768,09 € para transferencias de
capital (211/9413/76200/1300) y 78.836,63 € para transferencias corrientes (211/9413/42600/1300) supone un
incremento en ésta última, habiendo sido necesaria la tramitación de un expediente de modificación
presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 173 y siguientes del RDLeg 2/2014, de 5 de
marzo, artículo 40 y siguientes del RD 500/1990, de 20 de abril y la base de ejecución del vigente presupuesto
del Consorcio, establecido en la base 2.ª de la convocatoria. (Decreto de aprobación de modificación
presupuestaria de fecha 14/12/2022)
Cuarto.- Los beneficiarios de las subvenciones concedidas, quedan sujetos al estricto cumplimiento de las
obligaciones contenidas en las bases de la convocatoria y normas generales de aplicación, y en especial a lo
dispuesto en su base décima, que establece el plazo para la justificación con fecha límite del 31 de marzo de
2023.
Quinto.- El importe de la subvención no podrá ser destinado por los beneficiarios a fines diferentes a los
previstos para la misma en el anexo 1 de este decreto. Su incumplimiento obligará a la iniciación del
procedimiento de reintegro en los términos previstos en la Ordenanza General de Subvenciones de la
Diputación Provincial de Badajoz, todo ello sin perjuicio de las sanciones administrativas que pudieran
imponerse.
Sexto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Séptimo.- Dar traslado del presente al Pleno de la Corporación Provincial en la próxima sesión ordinaria que
se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, a efectos de conocimiento.
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de abril, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente del Consorcio para la Prevención y Extinción de
Incendios de la Provincia de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la
misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo que territorialmente corresponda de los de la provincia de Badajoz, dentro del plazo de dos
meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los
artículos 8, 10 , 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y sin
prejuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Lo dispone así el Vicepresidente del CPEI, por decreto del Presidente, ante la Secretaria del CPEI, en Badajoz a la fecha de la
firma electrónica.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente PD, Vicepresidente del CPEI, decreto 05/07/19 (BOP 08/07/19), Juan
Manuel Ortiz Paredes.- Ante mí, la Secretaria del CPEI, M.ª Margarita Suárez Villalba.
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ANEXO I:
PLAN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LAS AGRUPACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
AÑO 2022
DESTINO DE LAS SUBVENCIONES

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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