Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadiana. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05843/2022)
Bases específicas de la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de Animador Sociocultural, correspondientes a la oferta pública de empleo 2022 de estabilización
5 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Guadiana

15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
25.
26.

Anuncio 5843/2022

Organizar el Festival Joven.
Organizar cine de verano.
Ayudar en la ruta nocturna.
Organizar teatros en la Casa de la Cultura.
Organizar conciertos de verano en la plaza.
Organizar fiesta ibicenca en la piscina.
Organizar las jornadas del tomate.
Organizar fiestas patronales en septiembre.
Organizar exposiciones en la Casa de la Cultura.
Organizar las actividades realizadas el Día del Abuelo.
Sustituir al Auxiliar Administrativo del Consultorio.
Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente
instruido.

2. Requisitos específicos.
Para la admisión y participación en las pruebas selectivas, además de los requisitos generales, los aspirantes deberán reunir
las siguientes condiciones a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
Estar en posesión del título que se indica a continuación, o hallarse en condiciones de obtenerlo, mediante el abono de los
derechos para su expedición, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias: Graduado en ESO, Técnico
Básico de Formación Profesional en Animación Sociocultural, certificado de escolaridad o equivalente. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que
acredite su homologación.
3. Sistema de acceso.
La selección de las personas aspirantes se llevará a cabo mediante el sistema de acceso libre por concurso consistente en la
valoración de méritos, indicados a continuación.
3.1. Fase de concurso.
De conformidad con lo establecido por la Disposición adicional sexta, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, la fase de
concurso tendrá una puntuación de 100 puntos, que constituirá el total del proceso selectivo.
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
3.1.1. Méritos profesionales, que supondrán un máximo de 70 puntos:
Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala de Administración Especial, subescala Servicios
Especiales, clase Técnico Auxiliar, Animador Sociocultural, o como personal laboral temporal en la categoría
profesional de Animador Sociocultural, en el Ayuntamiento convocante, computados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias.
7 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 70 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,58 puntos por cada mes completo, despreciándose
las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Servicios prestados como personal funcionario interino en otras escalas o subescalas o como personal laboral
temporal en otra categoría profesional distinta a la convocada, adscritos a la Administración convocante,
computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
1 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 10 puntos.
Los periodos inferiores a un año se valorarán a razón de 0,08 puntos por cada mes completo, despreciándose
las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Servicios prestados como personal funcionario interino en la escala de Administración Especial, subescala Servicios
Especiales, clase Técnico Auxiliar, Animador Sociocultural, o como personal laboral temporal en la categoría
profesional de Animador Sociocultural, en cualquier otra administración pública distinta a la convocante,
computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 5