Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro (Calamonte). Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05805/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir cuatro plazas de Arquitecto, Arquitecto Técnico, Asesor Jurídico y Delineante/Administrativo, para el funcionamiento de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible
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Mancomunidad Integral de Municipios Centro

Anuncio 5805/2022

recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que sea
procedente y estimen oportuno.
5.4.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
Sexta.- Tribunal de Selección.
6.1.- La composición del Tribunal de Selección se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Ley 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-. Se
constituirá atendiendo a los principios de imparcialidad, profesionalidad y especialidad, en función de la disponibilidad de
recursos, tendiendo a la paridad entre hombres y mujeres. Tendrá la consideración de órgano colegiado y, como tal, estará
sujeto a las normas contenidas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público -LRJSP-.
6.2.- En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la
composición del tribunal a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros.
6.3.- El Tribunal podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control
directos, para aquellas pruebas que lo requieran, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales
colaborarán con el tribunal con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de
abstención y recusación que los miembros del tribunal.
6.4.- El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia, como mínimo, de la mitad de sus miembros.
Séptima.- De los anuncios de las pruebas del proceso selectivo.
Las fechas y lugar para la valoración de méritos serán publicados en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de
Municipios Centro (sede.mimc.es). La resolución del proceso selectivo y formalización del contrato deberá realizarse antes
del 31 de diciembre de 2024.
Octava.- Fase de concurso.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.4 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y en la resolución de la
Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización
derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, se han tenido en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se
trata.
Además, se ha considerado que la aprobación de la vigente Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), supone, de acuerdo con su exposición de motivos, una revisión en cuanto a
los planteamientos de planificación y desarrollo, lo que se apoya, además, en el hecho de que en Extremadura no haya sido
posible alcanzar ni el 15% de planes generales que se ajusten a la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación
Territorial de Extremadura (actualmente derogada), a pesar de los esfuerzos de financiación por parte de la Comunidad
Autónoma para la actualización normativa. Por ello, se valora especialmente la experiencia profesional desde la entrada en
vigor de la LOTUS (27 de junio de 2019).
Se valorarán los siguientes méritos, acreditados desde la entrada en vigor de la ley (referidos al día en que concluya el plazo
de presentación de instancias):
8.1.- Méritos profesionales (máximo 60 puntos):
8.1.1.- Se valorará a razón de 1,50 puntos por mes completo de servicios prestados como personal
funcionario interino en el mismo cuerpo o escala o como personal laboral temporal en la misma categoría
profesional de la Administración convocante, desde el día 27 de junio de 2019 (fecha de entrada en vigor de la
LOTUS).
8.1.2.- Se valorará a razón de 0,40 puntos por mes completo de servicios prestados como personal
funcionario interino en el mismo cuerpo o escala o como personal laboral temporal en la categoría
profesional de cualquier otra Administración Pública, desde el día 27 de junio de 2019 (fecha de entrada en
vigor de la LOTUS).
8.1.3.- Se valorará a razón de 0,40 puntos por mes completo de servicios como profesional libre o con
contrato laboral, dentro de cada una de las titulaciones que se exigen para cada uno de los puestos ofertados.
La experiencia se acreditará mediante la presentación de un certificado de empresa o contrato laboral
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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