Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (05772/2022)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Técnico de Proyectos y una plaza de Técnico de Emprendimiento y Empresas acogidas al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5772/2022

pueda superar el número de aprobados el de las plazas convocadas, que es de una por cada una, siendo nulos de pleno
derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
No obstante, con el fin de asegurar la cobertura de estas plazas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión como funcionarios de carrera, la Alcaldía requerirá del
órgano de selección relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos, para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
Novena.- Relación de seleccionados y presentación de documentos.
9.ª.1.- Relación de seleccionados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá a los aspirantes seleccionados, por orden de puntuación, y elevará dicha relación al Sr. AlcaldePresidente formulando las propuestas de nombramiento.
9.ª.2.- Presentación de documentos: Las personas propuestas para su nombramiento como personal laboral
fijo estarán obligadas a presentar, dentro del plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación de la lista de seleccionadas, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas
en la base segunda de esta convocatoria.
Conforme al artículo 12 y apartado 3.b) del anexo I del vigente Acuerdo Regulador de las Condiciones de
Trabajo de los Empleados Públicos las personas seleccionadas deberán superar un reconocimiento médico
realizado por el Servicio de Vigilancia de la Salud de este Ayuntamiento, que acredite su capacidad funcional
para el desempeño de las tareas.
Quien dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reunieran los requisitos y condiciones
exigidas en la convocatoria, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser contratado y quedarán
automáticamente decaídos en sus derechos, quedando sin efectos la totalidad de las actuaciones relativas a
las mismas. Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr. Alcalde efectuará el nombramiento a
favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el
número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida decaída de derechos.
Décima.- Nombramiento y contratación.
10.ª.1.- Nombramiento definitivo. Presentada la documentación por el interesado y siendo esta conforme, el
Señor Alcalde-Presidente dictará resolución nombrando personal laboral fijo a los aspirantes propuestos,
publicándose anuncio del referido nombramiento en el "Diario Oficial de Extremadura".
10.ª.2.- Contratación. Quienes sean nombradas personal laboral fijo deberán firmar los correspondientes
contratos en el plazo máximo de 30 días siguientes a la notificación del nombramiento. Si no lo hiciera, sin
causa justificada, quedarían anuladas todas las actuaciones entendiéndose, asimismo, que renuncia a la
plaza.
En el indicado plazo, si procede, el nombrado deberá ejercitar la opción prevista en el artículo 10 de la Ley
53/84, de 26 de diciembre. A falta de opción en el plazo señalado, se entenderá que opta por el nuevo puesto,
pasando a la situación de servicios en otras administraciones públicas, en el que viniera desempeñando.
Décimo primera.- Igualdad de género.
Todas las denominaciones contenidas en estas bases así como cualesquiera otras menciones que en las mismas se
expresan en género masculino, se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino y femenino,
según el sexo de la persona que se tenga por interesada o destinataria a la que se haga referencia.
Décimo segunda.- Lista de espera para la contratación.
Este proceso de estabilización de empleo temporal no generará ninguna lista de espera de trabajo temporal.
No obstante lo anterior, y conforme al acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación, respecto a los procesos de
estabilización de empleo temporal, si la persona aspirantes que desempeña el puesto correspondientes a las plazas
convocadas no superaran el proceso de selección se integrarán en la bolsa de trabajo de la misma categoría en el
Ayuntamiento de Almendralejo, como aspirante prioritario.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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