Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (05760/2022)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Agente de Igualdad acogida al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5760/2022

La formación impartida se justificará con el certificado del Secretario de la Administración,
Entidad u Organismo con el visto bueno de su Presidente, debiendo constar el contenido del
curso y su duración expresada en horas. No considerándose aquellos que se hayan impartido
en el seno de una prestación de servicios que se haya puntuado en el apartado de experiencia
profesional.
El órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
b). Memoria funcional: Para delimitar los conocimientos profesionales y formativos aplicados al
puesto de trabajo convocado. Tendrá una valoración máxima de 1 punto.
b).1.- Presentación de la memoria. La personas interesadas deberán elaborar y presentar, junto
con la solicitud de participación en el proceso, una Memoria consistente en una propuesta de
mejora de las funciones y tareas del puesto correspondiente a la plaza objeto de la
convocatoria y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su desempeño.
La memoria que tendrá una extensión mínima de 4 y máxima de 10 folios mecanografiados a
doble espacio y a doble cara.
b).2.- Defensa de la memoria. Para permitir al Tribunal de selección verificar la adecuación
formación, perfeccionamiento y reciclado para el desempeño adecuado de la plaza objeto de la
convocatoria
La defensa o lectura de la memoria no podrá exceder de 15 minutos, pudiendo el Tribunal de
Selección pedir las aclaraciones o realizar las preguntas que se estime necesario en relación
con su contenido.
A tal efecto, el tribunal, una vez examinada la memoria, señalará el día y hora de la lectura y
defensa de la memoria presentada, con una antelación de, al menos, 5 días hábiles a su
comienzo.
b).3.- Valoración de la memoria y su defensa. Se establecen los siguientes criterios de
corrección: Formato y estructura máximo de 0,25 puntos, contenido y descripción de la
actividad máximo 0,5 puntos, y 0,25 puntos a la exposición. La valoración deberá efectuarse
mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los
miembros del Tribunal de Selección.
La memoria y su defensa se puntuarán con cero puntos en caso de que la persona aspirante no
aportara este mérito o no realizase ante el Tribunal su defensa o lectura.
b).4.- Emplazamiento a la defensa de la memoria. El orden de actuación en la defensa de la
memoria se determinará, antes de su comienzo, mediante sorteo público. Serán convocadas en
llamamiento único, deberán ir provistas del DNI, suponiendo su no presentación, en el
momento de ser llamada.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la
presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente
justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá entrevistar a las personas afectadas por estas
circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber
finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio para el interés
general o de terceros.

Octava.- Calificación del proceso selectivo.
La calificación definitiva vendrá dada por la suma de todos los puntos obtenidos por aplicación de lo previsto
en la base séptima.
Concluida la valoración de los méritos, el Tribunal publicará las puntuaciones totales otorgadas a los
aspirantes, desglosada por cada uno de los apartados, disponiendo las personas interesadas de un plazo de
cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio, para efectuar
reclamaciones ante el Tribunal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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