Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (05706/2022)
Plan Estratégico de Subvenciones 2023
26 páginas totales
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Delegación de Economía y Hacienda
Anuncio 5706/2022
* Atender la prevención y tratamiento de situaciones de exclusión social, la información y sensibilización en
materia de intervención, la promoción de los recursos personales para hacer frente a situaciones de
desprotección social, y apoyar el voluntariado y a quienes potencien las redes de apoyo social y natural de las
personas y colectivos desfavorecidos.
* Apoyar el asociacionismo para el desarrollo de sus fines mediante la aportación económica en las
actividades que persigan el interés general de los ciudadanos de la provincia.
* Promoción del turismo como reflejo de su peso creciente en la economía provincial y de cada uno de sus
municipios, respaldando el desarrollo de actividades de atracción de visitantes, la mejora de la imagen de la
provincia y sus municipios, la información sobre los valores de los ciudadanos de la provincia, y las tendentes
a coordinar la actividad turística con otras instituciones públicas y privadas.
* Impulso provincial a las infraestructuras y actividades relacionadas con la cultura y el deporte, en cuanto
actividades que, cada vez en mayor proporción, generan riqueza y empleo, favorecen la cohesión social y
potencian la imagen de una provincia atractiva, dinámica y viva, favoreciendo, la protección de las tradiciones
culturales, el patrimonio, la difusión, la creación, el ocio, las artes, las ciencias y las letras.
* La solidaridad es un valor de la sociedad que tiene reflejo en las instituciones públicas que la representan, y
por ello la Diputación se compromete con los proyectos solidarios y de cooperación en aquellos territorios
empobrecidos, así como con actividades orientadas a la información y sensibilización ciudadana en relación
con la situación de personas de esas zonas desfavorecidas.
* Finalmente, en la consecución de estos objetivos se requiere establecer sinergias de cooperación entre
instituciones, asociaciones y colectivos públicos y privados; el impulso de ejes de trabajo conjunto entre los
diferentes agentes locales; y el análisis de los diferentes instrumentos de financiación disponibles en los
ámbitos locales, provinciales, regionales, nacionales y europeo.
Cláusula quinta.- Modalidades de concesión.
Las cuantías consignadas en este Plan Estratégico serán gestionadas de conformidad con los siguientes procedimientos:
a) Concesión de subvenciones mediante procedimientos de concurrencia competitiva, que se corresponde
con aquel en el que la concesión de subvenciones, tanto directamente por parte de la Diputación Provincial
como por alguna entidad intermediaria, se establece mediante un orden de prelación de las solicitudes
presentadas conforme a los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria.
b) Concesión de subvenciones mediante procedimientos de concurrencia no competitiva si las bases no
establecen orden de prelación entre las solicitudes, predeterminando las bases reguladoras un reparto
previo.
A su vez, podrá ser con:
Convocatoria abierta, en el cual la presentación de solicitudes y concesión de subvenciones se
realizará durante todo el ejercicio presupuestario o hasta el agotamiento de los créditos.
Convocatoria ordinaria, en el cual la presentación de solicitudes y concesión se sujetan a un plazo
determinado.
c) Concesión directa de conformidad con lo establecido en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones.
d) Concesión de becas y premios.
e) Otros instrumentos de fomento: Se incluye por primera vez esta calificación de "otros instrumentos de
fomento" para aquellas cuantías destinadas a financiar actuaciones que son realizadas por otras
administraciones mediante la puesta en marcha de convocatorias de subvenciones destinadas a entidades
locales para la realización de las actividades objeto de los convenios suscritos.
Cláusula sexta.- Beneficiarios y financiacion.
La Diputación Provincial de Badajoz concederá subvenciones a favor de personas o entidades públicas o privadas, con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de
fines públicos atribuidos por la normativa de régimen local y del resto del ordenamiento jurídico a las diputaciones
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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* Atender la prevención y tratamiento de situaciones de exclusión social, la información y sensibilización en
materia de intervención, la promoción de los recursos personales para hacer frente a situaciones de
desprotección social, y apoyar el voluntariado y a quienes potencien las redes de apoyo social y natural de las
personas y colectivos desfavorecidos.
* Apoyar el asociacionismo para el desarrollo de sus fines mediante la aportación económica en las
actividades que persigan el interés general de los ciudadanos de la provincia.
* Promoción del turismo como reflejo de su peso creciente en la economía provincial y de cada uno de sus
municipios, respaldando el desarrollo de actividades de atracción de visitantes, la mejora de la imagen de la
provincia y sus municipios, la información sobre los valores de los ciudadanos de la provincia, y las tendentes
a coordinar la actividad turística con otras instituciones públicas y privadas.
* Impulso provincial a las infraestructuras y actividades relacionadas con la cultura y el deporte, en cuanto
actividades que, cada vez en mayor proporción, generan riqueza y empleo, favorecen la cohesión social y
potencian la imagen de una provincia atractiva, dinámica y viva, favoreciendo, la protección de las tradiciones
culturales, el patrimonio, la difusión, la creación, el ocio, las artes, las ciencias y las letras.
* La solidaridad es un valor de la sociedad que tiene reflejo en las instituciones públicas que la representan, y
por ello la Diputación se compromete con los proyectos solidarios y de cooperación en aquellos territorios
empobrecidos, así como con actividades orientadas a la información y sensibilización ciudadana en relación
con la situación de personas de esas zonas desfavorecidas.
* Finalmente, en la consecución de estos objetivos se requiere establecer sinergias de cooperación entre
instituciones, asociaciones y colectivos públicos y privados; el impulso de ejes de trabajo conjunto entre los
diferentes agentes locales; y el análisis de los diferentes instrumentos de financiación disponibles en los
ámbitos locales, provinciales, regionales, nacionales y europeo.
Cláusula quinta.- Modalidades de concesión.
Las cuantías consignadas en este Plan Estratégico serán gestionadas de conformidad con los siguientes procedimientos:
a) Concesión de subvenciones mediante procedimientos de concurrencia competitiva, que se corresponde
con aquel en el que la concesión de subvenciones, tanto directamente por parte de la Diputación Provincial
como por alguna entidad intermediaria, se establece mediante un orden de prelación de las solicitudes
presentadas conforme a los criterios de valoración fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria.
b) Concesión de subvenciones mediante procedimientos de concurrencia no competitiva si las bases no
establecen orden de prelación entre las solicitudes, predeterminando las bases reguladoras un reparto
previo.
A su vez, podrá ser con:
Convocatoria abierta, en el cual la presentación de solicitudes y concesión de subvenciones se
realizará durante todo el ejercicio presupuestario o hasta el agotamiento de los créditos.
Convocatoria ordinaria, en el cual la presentación de solicitudes y concesión se sujetan a un plazo
determinado.
c) Concesión directa de conformidad con lo establecido en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones.
d) Concesión de becas y premios.
e) Otros instrumentos de fomento: Se incluye por primera vez esta calificación de "otros instrumentos de
fomento" para aquellas cuantías destinadas a financiar actuaciones que son realizadas por otras
administraciones mediante la puesta en marcha de convocatorias de subvenciones destinadas a entidades
locales para la realización de las actividades objeto de los convenios suscritos.
Cláusula sexta.- Beneficiarios y financiacion.
La Diputación Provincial de Badajoz concederá subvenciones a favor de personas o entidades públicas o privadas, con la
finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de
fines públicos atribuidos por la normativa de régimen local y del resto del ordenamiento jurídico a las diputaciones
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