Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05729/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de Arquitecto Técnico/Aparejador como personal laboral mediante concurso, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Bienvenida
Anuncio 5729/2022
Al tiempo el Tribunal hará una propuesta para adjudicación en la plaza convocada, de quien haya obtenido la
mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de la plaza convocada, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante el Ayuntamiento de Bienvenida, dentro del plazo de diez días
hábiles (10) desde que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos
de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, la persona opositora propuesta no presentase
sus documentos o no reuniese los requisitos exigidos, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo,
y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir
por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso, la Presidencia del
Tribunal formulará propuesta a favor de la siguiente persona candidata por orden de puntuación de la
calificación final que tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
El Ayuntamiento de Bienvenida, se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación
aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
NOVENA.- Adquisición de la condición de personal laboral fijo.
Quien haya presentado la documentación exigida, superado el examen médico preceptivo y haya sido
propuesto para adquirir la condición de personal laboral fijo; formalizará el correspondiente contrato de
trabajo, en el plazo máximo de treinta días hábiles (30), a contar desde el siguiente a aquel en que les sea
notificada la correspondiente resolución.
Quien no comparezca en el plazo señalado sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos a ocupar la
plaza.
El periodo de prueba será de tres meses (3); excepto que la persona seleccionada haya prestado servicios
anteriormente en el Ayuntamiento de Bienvenida en plaza similar a la ofertada.
Superado este periodo se culmina el proceso y el o la trabajadora adquirirá la condición de empleado público.
Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre incompatibilidades
contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
DÉCIMA.-Constitución y funcionamiento de bolsa de empleo
Se prevé para aquellas personas que no superen el proceso selectivo, su inclusión en bolsas de personal
funcionario interino o de personal laboral temporal específicas .
En dichas bolsas se integrarán aquellos candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo
correspondiente, y no habiendo superado éste, sí hayan obtenido la puntuación de 4 puntos, ordenados
según dicha puntuación obtenida.
Los llamamientos se realizarán respetando el orden de prelación que vendrá determinado por la suma de la
puntuación obtenida que se establezca en la convocatoria de la bolsa correspondiente.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por: Sistema
rotativo
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de forma rotatoria
hasta agotar la bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes nombrados, éstos no podrán
repetir.
La rotación será por el tiempo necesario para cubrir la baja por incapacidad temporal /cese/ despido del
personal seleccionado,
— Si la contratación del trabajador no supera un mes, éste conservara su puntuación y su posición en la bolsa
de empleo a efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Al tiempo el Tribunal hará una propuesta para adjudicación en la plaza convocada, de quien haya obtenido la
mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de la plaza convocada, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante el Ayuntamiento de Bienvenida, dentro del plazo de diez días
hábiles (10) desde que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos
de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, la persona opositora propuesta no presentase
sus documentos o no reuniese los requisitos exigidos, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo,
y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir
por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso, la Presidencia del
Tribunal formulará propuesta a favor de la siguiente persona candidata por orden de puntuación de la
calificación final que tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
El Ayuntamiento de Bienvenida, se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación
aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
NOVENA.- Adquisición de la condición de personal laboral fijo.
Quien haya presentado la documentación exigida, superado el examen médico preceptivo y haya sido
propuesto para adquirir la condición de personal laboral fijo; formalizará el correspondiente contrato de
trabajo, en el plazo máximo de treinta días hábiles (30), a contar desde el siguiente a aquel en que les sea
notificada la correspondiente resolución.
Quien no comparezca en el plazo señalado sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos a ocupar la
plaza.
El periodo de prueba será de tres meses (3); excepto que la persona seleccionada haya prestado servicios
anteriormente en el Ayuntamiento de Bienvenida en plaza similar a la ofertada.
Superado este periodo se culmina el proceso y el o la trabajadora adquirirá la condición de empleado público.
Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre incompatibilidades
contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
DÉCIMA.-Constitución y funcionamiento de bolsa de empleo
Se prevé para aquellas personas que no superen el proceso selectivo, su inclusión en bolsas de personal
funcionario interino o de personal laboral temporal específicas .
En dichas bolsas se integrarán aquellos candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo
correspondiente, y no habiendo superado éste, sí hayan obtenido la puntuación de 4 puntos, ordenados
según dicha puntuación obtenida.
Los llamamientos se realizarán respetando el orden de prelación que vendrá determinado por la suma de la
puntuación obtenida que se establezca en la convocatoria de la bolsa correspondiente.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por: Sistema
rotativo
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de forma rotatoria
hasta agotar la bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes nombrados, éstos no podrán
repetir.
La rotación será por el tiempo necesario para cubrir la baja por incapacidad temporal /cese/ despido del
personal seleccionado,
— Si la contratación del trabajador no supera un mes, éste conservara su puntuación y su posición en la bolsa
de empleo a efectos de ser incluido en nuevos llamamientos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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