Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05759/2022)
Bases de convocatoria para cubrir en propiedad tres plazas de Oficial Albañil, personal funcionario, en el turno libre por el sistema de oposición para el Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

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El Tribunal de Selección indicará el día, lugar y hora de celebración de este segundo ejercicio e
inmediatamente antes de iniciarse este, los criterios de corrección del mismo.
Tras la exposición de la lista provisional, por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para
posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan
superado este segundo ejercicio y que recogerá la calificación final de la oposición, que vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos pruebas indicadas, siempre y cuando en cada una de
ellas se haya obtenido un mínimo de 5 puntos.
7.2.- En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta,
a efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1. Mayor puntuación en la segunda prueba de la oposición.
2. Mayor puntuación en la primera prueba de la oposición.
3. Menor número de preguntas contestadas erróneamente en el total de los ejercicios.
4. Menor número de preguntas dejadas en blanco en el total de los ejercicios.
5. Por sorteo.

8.ª.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
8.1.- Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan aprobado
las pruebas selectivas por orden de puntuación obtenida y elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento la propuesta de nombramiento de los aspirantes seleccionados que mayor puntuación hayan
obtenido.
8.2.- En el plazo máximo de 20 días naturales a contar desde la última sesión de la oposición, los aspirantes
propuestos por el Tribunal, presentarán en la Sección de Personal los siguientes documentos acreditativos de
los requisitos exigidos en la base 2.ª:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia auténtica o fotocopia compulsada de la titulación o justificante de haber satisfecho los
derechos de expedición, sin perjuicio de su posterior presentación.
c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el
que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
8.3.- La falta de presentación dentro del plazo fijado en la base 8.2 de la documentación exigida, excepto en
los casos de fuerza mayor, u otros casos no imputables a los aspirantes, o cuando de la presentación de los
documentos se desprenda la falta de cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de
falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones de los aspirantes, comportando por
consiguiente, la nulidad de los actos del Tribunal en relación con los aspirantes y la imposibilidad de efectuar
sus nombramientos, sin perjuicio de la existencia de otras responsabilidades en que hayan podido incurrir.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación
obtenida, que haya superado la totalidad de los ejercicios de las pruebas selectivas, como consecuencia de la
citada anulación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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