Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05758/2022)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Ingeniero Técnico Agrícola acogida al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5758/2022

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de solicitudes, mediante escrito
motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.ª.4.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 15,03 euros conforme dispone la vigente
Ordenanza fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los
derechos de examen en el plazo previsto para la presentación de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.ª.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en la página web www.almendralejo.es, contendrá la relación alfabética de personas admitidas y excluidas,
así como las causas de exclusión de éstos. Si no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará
aprobada definitivamente sin necesidad de nueva publicación.
4.ª.2.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá
a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la
resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que,
de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta,
asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.ª.3.- Lista definitiva de personas admitidas:Finalizado este plazo, se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia resolución elevando a definitiva la lista provisional de personas aspirantes admitidos y excluidos, a
través de la que se entenderán contestadas las subsanaciones o reclamaciones de haberlas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la
posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento. Cuando de la documentación que debe presentarse,
tras la superación del proceso selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, las personas
interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este
procedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que resuelvan la
subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.ª.1.- Composición del Tribunal: Estará integrado por cinco miembros, constará de una presidencia, una
secretaría y tres vocalías, con sus respectivas suplencias, tendiéndose a la paridad entre mujer y hombre
observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de representación de cada sexo. No podrá constituirse ni
actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente, siendo
siempre necesaria la presencia de la Presidencia y la Secretaría.
Su composición será predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel de titulación
igual o superior al exigido para el ingreso en la categoría profesional de que se trate y deberán pertenecer a
un grupo de clasificación igual o superior al de las plazas convocadas
Todos sus integrantes habrán de ser personal funcionario de carrera y, en todo caso, al menos uno de sus
miembros deberá pertenecer a una administración pública distinta.
Junto con la resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará la composición del tribunal
calificador.
5.ª.2.- Designación del Tribunal. Las personas designadas para formar parte del tribunal serán nombradas por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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