Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05716/2022)
Convocatoria para la provisión de un puesto de Limpiador/a de Instalaciones Municipales, como personal laboral fijo mediante concurso-oposición, incluido en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Peñalsordo

Anuncio 5716/2022

Un Secretario: Empleado público de cualquier Administración Local, con voz, pero sin voto.
La designación de los miembros del órgano de selección incluirá la de los respectivos suplentes.
Base quinta.- Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
- La selección se efectuará por el sistema de concurso de méritos.
Fase de concurso:
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una puntuación máxima de 60 puntos.

Méritos

Puntuación

A Méritos profesionales: Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral
expedido por la Seguridad Social, acompañado de documentos como contratos de trabajo,
certificados de empresa e informes de la administración o empresa contratante que identifiquen la
categoría profesional y funciones del puesto desempeñado:
• Por cada año de servicios prestados en la administración convocante, ocupando el puesto de
trabajo competente a la plaza objeto de la convocatoria 2 puntos, hasta un máximo de
• Por cada año de servicios prestados de igual nivel en el resto de administraciones publicas 1
puntos por año, hasta un máximo de
40 puntos
20 puntos
Base quinta.- Calificación.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos. no podrán ser nombrados o contratados. Quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Peñalsordo,
deberán someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su capacidad
para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un dictamen
negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del
plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que corresponda de acuerdo con la
normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público. Formalizado
el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su
concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia
básica de los contratos celebrados.
Base sexta.- Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
Base séptima.- Incidencias.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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