Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05694/2022)
Bases por la que se convocan a concurso diez plazas diversas, a cubrir por personas con discapacidad, acogidas al proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal en el Centro Especial de Empleo Organismo Autónomo de Valverde de Leganés
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valverde de Leganés

Anuncio 5694/2022

otorgándose 0,25 puntos por cada nivel de titulación superior a la exigida para el puesto hasta un máximo de
0,50 puntos.
En todo caso, los títulos presentados para su valoración deberán de ser acordes a lo establecido en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la Organización de las Enseñanzas
Universitarias y del Procedimiento de Aseguramiento de su Calidad, o normativa que lo sustituya.
Si se presenta más de un título de distinto nivel se valorará cada uno de ellos con 0,25
- Formación complementaria. Representará hasta un máximo de 0,50 puntos de la puntuación total a
obtener. Se otorgarán 0,04 puntos por cada hora de formación siendo la valoración máxima de 0,50 puntos.
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las funciones a desarrollar en
el puesto/plaza a la que se opte o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales específicos
del puesto/plaza objeto de la convocatoria, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, o
formación de carácter transversal, y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad,
bien por una institución pública o privada (Colegio profesional, Sindicato, Cámara de Comercio, Federación,
etc.) en colaboración con una Administración Pública. También se valorarán los cursos organizados por los
sindicatos al amparo de los planes anuales de formación para el empleo del personal al servicio de la
Administración Pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: La Administración
General del Estado, las Administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la
Administración Local y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o
dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las
empresas públicas se rigen por el derecho privado por lo que no tienen la consideración de Administración
Pública a estos efectos.
Se aportará copia de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso se valorará una sola vez los
cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación y se valorará únicamente el
de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y
las horas de duración.
3.- Valoración y desempate. La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos.
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este
orden:
1.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado antigüedad en el Ayuntamiento de Valverde de
Leganés ocupando la plaza objeto de la convocatoria.
2.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado antigüedad en otra Administración Pública
ocupando la plaza objeto de la convocatoria.
3.º. Mayor puntuación obtenida la formación académica.
4.º. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en
relación a cualquiera de los méritos indicados anteriormente o solicitar cuantas aclaraciones o información
adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
3. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas
puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
4. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas, de quienes
hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 10