Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05485/2022)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2023
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Delegación de Cultura y Deportes

Anuncio 5485/2022

4.- Según la repercusión del proyecto (hasta un máximo de 15 puntos):
1. Que se haya proyectado debidamente la imagen corporativa de la Diputación de Badajoz,
demostrable en un dossier fotográfico de las actividades subvencionadas en la última
convocatoria de esta línea de subvenciones del año 2022: 5 puntos.
2. Realización de ruedas de prensa o notas de prensa en medios de comunicación, actos de
presentación u otros, relativos a las actividades subvencionadas en la última convocatoria de
esta línea de subvenciones del año 2022, donde la imagen corporativa de la Diputación de
Badajoz esté claramente presente: 5 puntos.
3. Comunicación a través del correo deporte@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de
cualquier acto público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que hubiera sido
realizado con motivo de las actividades subvencionadas en la última convocatoria de esta línea
de subvenciones del año 2022 para que la Diputación de Badajoz pudiera haber estado
presente en el mismo: 2 puntos.
4. Que el proyecto subvencionado en la última convocatoria de esta línea de subvenciones del
año 2022, haya tenido repercusión y difusión en prensa, medios de comunicación, redes
sociales o página web oficial de la asociación: 3 puntos.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos. No se concederá subvención a aquellas solicitudes que
no alcancen una puntuación superior a 50 puntos. El importe máximo de cada subvención concedida no
podrá superar la cantidad solicitada en el proyecto ni la cantidad de 5.000,00 euros. La distribución
económica se realizará en función a los puntos obtenidos, siguiendo los siguientes criterios:
Puntuación obtenida

De 51 a 60 puntos: 500,00 euros.
De 61 a 70 puntos: 750,00 euros.
De 71 a 75 puntos: 1.000,00 euros.
De 76 a 80 puntos: 1.500,00 euros.
De 81 a 90 puntos: 2.000,00 euros.
De 91 a 95 puntos: 3.000,00 euros.
De 96 a 100 puntos: 5.000,00 euros.
Base 7. Instrucción, comisión de valoración y resolución de la convocatoria.
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva ordinaria conforme se establece en las
bases de ejecución del presupuesto.
1.- Gestión e Instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la Delegación de Cultura y Deportes que realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos a valorar para lo
que podrá contar con la asistencia administrativa necesaria. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección del
Área de Cultura, Juventud y Bienestar Social. Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de
las condiciones impuestas para adquirirla condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez
sea emitido el certificado de la Secretaría General sobre aquellas solicitudes que hayan entrado en plazo en el registro
electrónico.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, conforme alo
dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Este trámite de subsanación de la solicitud (anexo IV) se efectuará a través de la sede electrónica
de Diputación de Badajoz ubicada en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de preevaluación, siendo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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