Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05640/2022)
Decreto de segunda ampliación con carácter extraordinario de los plazos de ejecución y pago del Plan de Reactivación Económica y Social, Suma ____SIMPLE_HTML_DOM__VOKU__PLUS____ de la Diputación de Badajoz
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Área de Fomento

Anuncio 5640/2022

que desde mediados del 2020 del verano se hayan producido fuertes desequilibrios entre la oferta y la demanda mundial,
que ha afectado al desarrollo de este sector en nuestra región.
Además, se estima que se ha acumulado un incremento de entorno al 22% de media en el último año, sobre los precios de
materiales habituales empleados en la construcción, (según la Confederación Nacional de la Construcción). Contribuyen a
este incremento de precios, los sobrecostes derivados de incremento de la energía (electricidad, combustible) y su
repercusión en el transporte.
En la mano de obra cualificada, campo en el que existe una falta estructural de personal.
En el ámbito de la contratación pública, donde la inflación desmedida es especialmente preocupante, no pueden
repercutirse, estos incrementos. Las contrataciones públicas tienen sus precios cerrados, sujetos al principio de riesgo y
ventura, por parte del adjudicatario.
Con unos márgenes de beneficio constreñidos por la libre competencia que rige la contratación pública, (que se puede
estimar en torno al 6%), resulta inviable económicamente, absorber incrementos superiores al 10% sin entrar en pérdidas.
Sexto: Esta concatenación de elementos negativos, ha supuesto en la práctica una repercusión directa en la dilatación del
tiempo necesario para la correcta ejecución y terminación de los proyectos y obras contemplados en el Plan de reactivación
económica y social, Diputación SUMA+ por causas de fuerza mayor, no previsibles en la correcta gestión de este programa
por parte de esta Administración, lo que hizo necesaria e indispensable una ampliación con carácter extraordinario del dicho
Plan, hasta el 31 de diciembre de 2022, la cual se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia número 242 de fecha 22 de
diciembre de 2021 con el fin de que las entidades beneficiarias de la subvención pudieran finalizar las obras y servicios a
realizar.
Séptimo: La actual guerra en Ucrania está provocando un drama social y humanitario sin precedentes en las últimas
décadas que igualmente está generando importantes tensiones en los mercados europeos, como consecuencia de las
restricciones y cortes en el abastecimiento de productos básicos como el gas, petróleo, aceites, cereales, hierro o aluminio,
entre otros, que se estaban importando de Rusia y de los que los países europeos tienen una fuerte dependencia, lo que ha
derivado en un importante incremento de los precios de los productos, con especial incidencia en aquéllos en que para su
obtención se emplea la energía de forma intensiva.
En este sentido, el incremento de precios que han experimentado los materiales de la construcción como pueden ser el
hormigón, el acero o los materiales bituminosos necesarios para la ejecución de diversas infraestructuras públicas ha
generado una doble problemática, por una parte, la paralización de las obras públicas en ejecución, dado que en muchas
ocasiones los costes necesarios para su construcción son superiores a los ingresos previstos y por otra parte, que muchas
licitaciones se están quedando desiertas al no recogerse en los pliegos sus precios de mercado actuales, lo que está
conllevando a una importante paralización de la obra pública en el país, cuyo sector representa un 20% del PIB y pone en
serio riesgo su recuperación económica.
En este frágil contexto, nos encontramos ante una situación donde las dificultades económicas a las que se enfrentan todas
las administraciones, pero en mayor medida las más pequeñas, para atender correctamente la prestación de los servicios
públicos, se ve agravada por un sobre coste en las facturas de los suministros de combustibles, luz y gas, por problemas de
desabastecimiento, y retrasos significativos, impidiendo todo ello el cumplimiento de los plazos contractuales de las obras
licitadas por las entidades beneficiarias del Plan SUMA +, por lo que se entiende justificada la necesidad de un nueva
ampliación del plazo de ejecución y pago de las actuaciones del Plan.
Así, dado que los plazos de ejecución establecidos en la prórroga acordada en fecha 20 de diciembre de 2021 se muestran
insuficientes, que además existen antecedentes similares al respecto (Orden ESS/595/2018 de 25 de mayo, BOE número 133
de 1 de junio de 2018), que se trata de causas no imputables a los ayuntamientos, y que no se dañan derechos de terceros,
En uso de las facultades y competencias que me son conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO
Primero: Ampliar, con carácter extraordinario e improrrogable, el plazo de ejecución y pago de las actuaciones de la
convocatoria de subvenciones del Plan de reactivación económica y social, Diputación SUMA+, hasta el 31 de diciembre de
2023 con el fin de que las entidades beneficiarias de la subvención puedan finalizar las obras y servicios a realizar,
revocando así el contenido de la resolución de ampliación de fecha 20 de diciembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial
de la Provincia número 242 de fecha 22 de diciembre de 2021.
Segundo: Que siguiendo lo establecido en la base 10.4.2, el plazo de justificación de estas actuaciones será de 45 días
hábiles contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de ejecución y pago que se contemple en la resolución
de ampliación.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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